Las las autoridades comunales de María Teresa, aseguraron a través de las redes sociales que pese a la marcha atrás de otras localidades, ellos van a continuar permitiendo las “caminatas saludables”.
El anuncio, no solo genera malestar en el resto de los pueblos que tuvieron que dejar sin efecto iniciativas similares, sino que además se encuentran literalmente fuera de la ley.
De hecho, hace poco menos de 48 horas que las autoridades del Gobierno de Santa Fe, aseguraron que las salidas recreativas “no están habilitadas” y que “no hay ninguna autorización para caminatas al aire libre, ni ejercicios físicos al aire libre ni reuniones sociales. Esto está terminantemente prohibido en Gran Santa Fe y Gran Rosario. Y tampoco existe en el resto de municipios y comunas autorización para llevar a cabo estas actividades”, remarcó al respecto el secretario de Trabajo provincial, Juan Pusineri.
Asimismo, el gobernador Omar Perotti instruyó al fiscal de Estado “para que tome las acciones del caso y determine las responsabilidades que puedan caber por la violación a estas normas” (de aislamiento obligatorio). Vale señalar que el Ministerio de Trabajo, junto con municipios y comunas y entidades sindicales, “hará una tarea de fiscalización permanente y presencial”.
Las sanciones por el incumplimiento a las normas del aislamiento “son severas y acarrean responsabilidades de distinto tipo”, cerró Pusineri.
Se cortan solos
En la publicación realizada en su perfil oficial de Facebook, desde la Comuna de Maria Teresa afirmaron: “Informamos a la comunidad que pese a la marcha atrás de varias localidades, continuaremos permitiendo las caminatas saludables. Desde el primer momento que se habilitó esta actividad, estuvo pensada para que fuera realizada por aquellas personas que necesiten hacerla por motivos de salud y que no pueda ser reemplazada por ningún otro tipo de actividad física en el hogar”.
Y continuaron: “De tal manera, solicitamos que respeten esta disposición y que solamente realicen este ejercicio quien lo necesite realmente y no por motivos recreativos. De la actitud de todos depende que esta instancia siga vigente”.
Salvo María Teresa, en el resto del país las personas que incumplan con las disposiciones establecidas en la cuarentena, “estarán incurriendo en un delito”. En este sentido, el actual Código Penal dispone entre tres y 15 años de cárcel para las personas que propaguen “una enfermedad peligrosa y contagiosa”, en el artículo 202.
En tanto, el artículo 203 hace referencia a multas de entre 5 mil a 100 mil pesos cuando la propagación fuera cometida “por imprudencia, negligencia, impericia en su arte o profesión o por inobservancia de los deberes a su cargo”. En el caso de que tuviere como resultado enfermedad o muerte “se aplicará prisión de entre seis meses a cinco años”.
Finalmente, el artículo 205 destaca: “Será reprimido con prisión de seis meses a dos años, el que violare las medidas adoptadas por las autoridades competentes, para impedir la introducción o propagación de una epidemia”.
Fuente: El Litoral
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