Pidió anular su matrimonio porque su marido era homosexual y la justicia lo rechazó

Una mujer solicitó anular su matrimonio y exigió un resarcimiento económico por daño moral. Se enteró que su marido le fue infiel con un taxi boy y que éste le confesó ser homosexual. La jueza rechazó el planteo al señalar que al momento del matrimonio, el hombre era heterosexual.

La jueza de familia Valeria Vittori, integrante del Tribunal Colegiado de Familia N° 7 de Rosario, rechazó una demanda de nulidad de matrimonio interpuesta por una mujer contra su marido luego de enterarse que éste había tenido una relación con otro hombre en agosto de 2017; un taxi boy que luego extorsionó a su esposo con contar todo si no le daba dinero.

La mujer denunció que su marido mantuvo una relación con otro hombre en agosto de 2017 y que se enteró de ello cuando recibió por mail una denuncia y prohibición de acercamiento que realizó su esposo hacia su presunto amante, pero que en ese momento él le negó haber mantenido relaciones sexuales con esa persona, sino que éste “fabulaba todo y quería sacarle dinero”. Esto produjo la separación del matrimonio y ella contó ante el tribunal que en una ocasión, su marido le confesó ser homosexual ” y que siempre lo había sido, pero que no se había animado a contarlo”

La demandante argumentó que su cónyuge actuó de mala fe, ocultándole su homosexualidad al momento de casarse y frustrado así sus planes familiares, personales y sociales. Alegó que su consentimiento al celebrar el matrimonio se encontró plenamente viciado, puesto que desconocía la verdadera elección sexual de su cónyuge y que “de haber sabido que el demandado era “gay” jamás hubiera contraído matrimonio”. La mujer exigió además un resarcimiento económico por daño moral, al relatar que su pareja la maltrató psicológicamente durante años y que eso le provocó ataques de pánico.

Afirmó en ese sentido que iniciada la convivencia cuando se casaron en el año 2013, comenzaron los malos tratos, al tiempo que desaparecía su autoestima, que trabajaba incansablemente, cocinaba e intentaba tener la casa impecable, y que con motivo de la constante exigencia, ello derivó en ataques de pánico.

Sin embargo, el demandado rechazó la acusación afirmando que su condición de heterosexualidad en forma exclusiva y absoluta ha existido no solo antes del matrimonio sino en el momento mismo del acto de celebración del matrimonio, para continuar con dicha condición en forma posterior a lo largo del matrimonio hasta el mes de agosto de 2017, cuando mantuvo una relación íntima, no sexual, con el señor XXX”.

Pero según declaró posteriormente, esa relación fue ocasional, a partir de agosto de 2017 y luego de nueve años de matrimonio, en el que le dedicó todo su amor a su esposa. Sin embargo, con la convivencia el vínculo se fue deteriorando, lo cual le provocó un alto grado de frustración emocional e insatisfacción que desembocó en la relación homosexual.

Luego de valorar testimonios, pericias psicológicas y los 14 años de relación entre las partes, la jueza Vittori consideró que “resulta inadmisible concebir que la denunciante haya sido engañada en la orientación sexual de su pareja a la fecha de celebración del matrimonio, puesto que el alegado error en las cualidades personales no se encuentra configurado, es decir, no resulta esencial ni determinante, motivo por el cual corresponde el rechazo de la demanda de nulidad de matrimonio

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