Además, se actualizarán en la misma proporción los topes del Ingreso del Grupo Familiar (IGF) que definen las escalas y quiénes pueden percibir las ayudas.
Los montos de las asignaciones familiares suben un 20,92% en junio de 2023, al igual que los topes del Ingreso del Grupo Familiar (IGF) para recibirlas, según informó este jueves la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES).
“El valor de la movilidad correspondiente al mes de junio de 2023, es de 20,92%, aplicable a los montos de las asignaciones familiares y universales y a los rangos de ingresos del grupo familiar”, expresa la Resolución 113/2023 publicada en el Boletín Oficial con la firma de Fernanda Raverta, titular del organismo.
Las asignaciones familiares tienen montos fijos establecidos en cada mes, a excepción de la de Maternidad, que reciben trabajadores registrados en relación de dependencia, titulares de la Ley de Riesgos del Trabajo y trabajadores rurales, y que corresponde al sueldo bruto (sin descuentos).
Asignaciones Familiares por Nacimiento, Adopción y Matrimonio
Las Asignaciones Familiares por Nacimiento, Adopción y Matrimonio aplica para todos los titulares de SUAF que sean trabajadores en relación de dependencia registrados y titulares de la Ley de Riesgos del Trabajo, aquellos que reciben la ayuda por desempleo, veteranos de guerra del Atlántico Sur, titulares de las asignaciones universales para protección social (AUH y AUE) y trabajadores rurales.
En todos los casos, el Ingreso del Grupo Familiar (IGF) no debe superar los $808.124. Los montos son los mismos tanto a nivel general como en las zonas 1, 2, 3 y 4 y, en el caso de la prestación por Nacimiento en junio, es de $16.160; mientras que para la de Adopción, de $96.639; y para la de Matrimonio, de $24.199.
Asignación Familiar por Hijo
Al igual que la Asignación Familiar por Hijo con Discapacidad, Ayuda Escolar Anual y Ayuda Escolar Anual para Hijo con Discapacidad, la Asignación Familiar por Hijo se trata de un tipo de SUAF que reciben todos los beneficiarios.
Es decir, trabajadores en relación de dependencia registrados y titulares de la Ley de Riesgos del Trabajo, titulares del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), trabajadores rurales, veteranos de guerra del Atlántico Sur, monotributistas, titulares de AUH y AUE y aquellos que reciben la ayuda por desempleo.
Cabe aclarar que las últimas dos categorías reciben un monto único y no se rigen por las escalas del IGF.
IGF hasta $214.699
- General: $13.864
- Zona 1: $13.864 ($18.024 para desempleados)
- Zona 2: $29.897
- Zona 3: $27.690
- Zona 4: $29.897
IGF entre $214.699 y $314.880
- General: $9.350
- Zona 1: $12.350 ($18.024 para beneficiarios de AUH y AUE)
- Zona 2: $18.501
- Zona 3: $24.603
- Zona 4: $ 24.603
IGF entre $314.880 y $363.540
- General: $5.654
- Zona 1: $11.131 ($18.024 para beneficiarios de AUH y AUE)
- Zona 2: $16.706
- Zona 3: $22.233
- Zona 4: $22.233
IGF entre $363.540 y $808.124
- General: $ 2.915
- Zona 1: $5.704 ($18.024 para beneficiarios de AUH y AUE)
- Zona 2: $8.537
- Zona 3: $11.298
- Zona 4: $11.298
Monotributistas
- Categorías A, B y C: $13.864
- Categorías D y E: $9.350
- Categorías F, G y H: $2.915
Asignación Familiar Prenatal
La reciben solo trabajadores en relación de dependencia registrados y titulares de la Ley de Riesgos del Trabajo, aquellos que reciben la ayuda por desempleo, trabajadores rurales y monotributistas.
IGF hasta $214.699
- General: $13.864
- Zona 1: $13.864
- Zona 2: $29.897
- Zona 3: $27.690
- Zona 4: $29.897
IGF entre $214.699 y $314.880
- General: $9.350
- Zona 1: $12.350
- Zona 2: $18.501
- Zona 3: $24.603
- Zona 4: $ 24.603
IGF entre $314.880 y $363.540
- General: $5.654
- Zona 1: $11.131
- Zona 2: $16.706
- Zona 3: $22.233
- Zona 4: $22.233
IGF entre $363.540 y $808.124
- General: $ 2.915
- Zona 1: $5.704
- Zona 2: $8.537
- Zona 3: $11.298
- Zona 4: $11.298
Monotributistas
- Categorías A, B y C: $13.864
- Categorías D y E: $9.350
- Categorías F, G y H: $2.915
Asignación Familiar por Hijo con Discapacidad
La reciben los mismos beneficiarios que la SUAF por Hijo.
IGF hasta $214.699
- General: $45.147
- Zona 1: $45.147 ($58.692 para beneficiarios de AUH y AUE)
- Zona 2: $67.656
- Zona 3: $90.184
- Zona 4: $90.184
IGF entre $214.699 y $314.880
- General: $31.937
- Zona 1: $43.549 ($58.692 para beneficiarios de AUH y AUE)
- Zona 2: $65.263
- Zona 3: $86.990
- Zona 4: $86.990.
IGF desde $314.880
- General: $20.155
- Zona 1: $41.930 ($58.692 para beneficiarios de AUH y AUE)
- Zona 2: $62.843
- Zona 3: $83.768
- Zona 4: $83.768
Monotributistas
- Categorías A, B y C: $45.147
- Categorías D y E: $31.937
- Categorías F, G y H: $20.155
- Categorías I, J y K: $20.155
Ayuda Escolar Anual
La reciben los mismos beneficiarios que la SUAF por Hijo, pero en este caso los montos son los mismos para todos aquellos beneficiarios que tengan un IGF de hasta $808.124 y únicamente varían por zona. Además, las sumas son las mismas que para la Ayuda Escolar Anual para Hijo con Discapacidad, aunque en este último caso no existe ningún tope de IGF.
- General: $11.620
- Zona 1: $15.501
- Zona 2: $62.843
- Zona 3: $83.768
- Zona 4: $83.768
En el caso de los monotributistas, todas las categorías de la A a la H reciben el mismo monto: $11.620. Los de las categorías I, J y K solo pueden recibir la Ayuda Escolar Anual para Hijo con Discapacidad, por la misma suma.
Asignación Familiar por Cónyuge
Se trata de una prestación que perciben únicamente veteranos de guerra del Atlántico Sur y titulares del SIPA que tengan un IGF de hasta $808.124.
- General: $3.361
- Zona 1: $6.672
Asignación Familiar por Embarazo
Solo la reciben titulares de las asignaciones universales para protección social.
- General: $13.864
- Zona 1: $18.024
Asignación Familiar por Cuidado de Salud – Hijo
Solo la reciben titulares de las asignaciones universales para protección social.
- General: $13.864
- Zona 1: $18.024
Sin embargo, estos montos ascienden a $45.147 y $58.692 respectivamente para el caso de la prestación por Cuidado de Salud para Hijo con Discapacidad.
Cuáles son las zonas específicas
Los montos varían de acuerdo al tipo de beneficiario, a los niveles de ingresos que tiene su grupo familiar, pero también a la zona en donde vive, que puede ser General (todo el país a excepción de las zonas específicas).
- Zona 1: La Pampa, Río Negro y Neuquén; en los Departamentos Bermejo, Ramón Lista y Matacos en Formosa; Departamento Las Heras (Distrito Las Cuevas); Departamento Luján de Cuyo (Distritos Potrerillos, Carrizal, Agrelo, Ugarteche, Perdriel, Las Compuertas); Departamento Tupungato (Distritos Santa Clara, Zapata, San José, Anchoris); Departamento Tunuyán (Distrito Los Arboles, Los Chacayes, Campo de Los Andes); Departamento San Carlos (Distrito Pareditas); Departamento San Rafael (Distrito Cuadro Venegas); Departamento Malargüe (Distritos Malargüe, Río Grande, Río Barrancas, Agua Escondida); Departamento Maipú (Distritos Russell, Cruz de Piedra, Lumlunta, Las Barrancas); Departamento Rivadavia (Distritos El Mirador, Los Campamentos, Los Arboles, Reducción, Medrano) en Mendoza; Orán (excepto la ciudad de San Ramón de la Nueva Orán y su éjido urbano) en Salta.
- Zona 2: Chubut.
- Zona 3: Departamento Antofagasta de la Sierra (actividad minera) en Catamarca; Departamentos Cochinoca, Humahuaca, Rinconada, Santa Catalina, Susques y Yavi en Jujuy; Departamentos Los Andes, Santa Victoria, Rivadavia y Gral. San Martín (excepto la ciudad de Tartagal y su éjido urbano) en Salta.
- Zona 4: Santa Cruz y Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur.
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