Dos policías de la ciudad de San Lorenzo son juzgados en los Tribunales Provinciales de la ciudad, por un hecho ocurrido en 2020, cuando un menor de 10 años recibió un piedrazo arrojado por uno de los uniformados y la subcomisario que redactó el acta del incidente habría introducido información falsa para mejorar la situación de su compañero.
El hecho por los que se los acusa ocurrió el 30 de abril de 2020 a las 19.45 en Clemente Albelo y Fournier de San Lorenzo cuando se encontraban realizando un procedimiento policial, Scozzina y el suboficial W.R.S (imputado) en cumplimiento de sus funciones como empleado policial, mientras detenían a un menor de edad que circulaba en moto; otro policía, identificado como Juan Villanueva alias “Villa”, le efectuó un golpe con un elemento contundente en zona de la cabeza de un niño de 10 años que estaba en el lugar , provocándole un traumatismo grave de cráneo con fractura frontoparietal derecha con neumoencéfalo.
Para Villanueva de 47 años, el fiscal Ortigoza lo imputó por los delitos de Lesiones graves agravadas y solicitó la pena única de 5 años de prisión efectiva.
En tanto para la subcomisaria María Belén Scozzina, de 37 años, el fiscal Ortigoza la imputó por los delitos de falsedad ideológica, encubrimiento agravado e incumplimiento de los deberes de funcionario publico en carácter de autora y solicitó la pena única de 5 años de prisión efectiva.
A la subcomisaria se la acusa por el hecho de misma fecha, en sede de la comisaría 7ma de la ciudad de San Lorenzo, haber insertado en acta de procedimiento suscripta por ella misma, una declaración falsa en relación a la situación descripta, manifestando que se había acercado un hombre que comienza a agredir al Subinspector Juan Villanueva en momentos y que vecinos comenzaron a arrojar piedras a los policías impactando una de ellas en un niño menor de 10 años identificado como Luciano C; siendo que realmente el funcionario había golpeado al niño.
Asimismo se le imputa haberlo ayudado a eludir las investigaciones y el accionar de la justicia comunicando al Fiscal en turno el procedimiento con las declaraciones falsas mencionadas; no denunciando el hecho cometido teniendo la obligación de hacerlo por su carácter de funcionaria público e incumpliendo su deber de informar al Fiscal acerca de los hechos que percibiera realmente.
En relación a Walter .S, se dispuso el archivo de la causa atento a que los elementos probatorios no eran suficientes para alcanzar el grado de probabilidad y de certeza exigido en un debate oral y publico.
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