Con la intención de combatir el delito, la Policía de Santa Fe tendrá atribuciones para retener motos

El gobernador de la provincia, Omar Perotti, firmó un decreto para autorizar a los uniformados a realizar inspecciones de tránsito y controlar estos vehículos con el objetivo de combatir a los motochorros. A partir de ahora, los policías podrán detener motos sin patente y secuestrar los vehículos, incluso cuando no estén participando de operativos de control junto a los agentes municipales. Será necesario firmar convenios con los distintos municipios para implementar estas medidas.

Una herramienta para enfrentar a los motochorros. Ante la multiplicación de hechos delictivos relacionados con el uso de motos en la provincia, el gobernador Omar Perotti y el ministro de Seguridad, Jorge Lagna, firmaron el decreto 460 que autoriza a los efectos de la Policía de la Provincia a realizar controles de tránsito vinculados con la circulación de motovehículos.

La coordinación con los gobiernos locales estará en manos de la Agencia Provincial de Seguridad Vial. A partir de ahora, la Provincia deberá firmar convenios con los respectivos municipios para implementar las nuevas disposiciones.

Entre los argumentos del decreto, el Gobierno considera que es “imperiosa la necesidad del control policial sobre este tipo de vehículos, que han sido utilizados como medio de transporte por criminales durante la comisión de hechos delictivos y, puntualmente, de intimidación pública y abuso de armas de fuego contra edificios públicos, entidades y domicilios particulares en la ciudad de Rosario”.

“Que se advierte en el informe de la Policía de Santa Fe “Análisis de Delitos Predatorios” la preeminencia de tal modalidad en hechos delictivos en la vía pública registrados en las ciudades de Rosario y Santa Fe” y que esta circunstancia es posible “porque este tipo de vehículos posee alta capacidad para la huida a diferencia de otros, permite la circulación en cualquier tipo de terreno independientemente del material de los caminos o de sus dimensiones, lo que fomenta su elección como medio de transporte para la comisión de distintos tipos de delitos que atentan contra la vida, la propiedad y la paz social”.

Si bien el artículo 72 de la Ley Nacional de Tránsito, a la que adhiere la Provincia, establece que la retención preventiva de un motovehículo es potestad exclusiva de los municipios en los ejidos urbanos, esto “no debe entenderse como una limitación al accionar de la policía en materia de prevención de delitos”.

El decreto aclara que estas medidas “no invaden ni se contraponen con el poder de policía municipal de índole netamente contravencional; por lo que tampoco exige ni toma obligatoria la actuación conjunta de la Policía de la Provincia con los inspectores municipales”.

Qué dice el decreto

Con información de Aire de Santa Fe

Qué opinas?

También te puede interesar

Más del autor