En la última sesión ordinaria del 2022, el Concejo Municipal de San Lorenzo renovó sus autoridades para presidir el cuerpo y las comisiones legislativas. Los concejales del Partido Justicialista se opusieron al nombramiento de Luciana Resquín como vicepresidenta primera, proponiendo a Marcelo Remondino y desconociendo así el reglamento del Concejo que especifica que al menos una de las autoridades debe ser mujer.
El Concejo Municipal de San Lorenzo renovó sus autoridades en la sesión de este lunes. La presidenta saliente del cuerpo legislativo; Luciana Resquín prestó juramento al Hernán Ore que se desempeñará en el cargo, tras una votación dividida. Para todos los cargos que se renovaban, la oposición postuló al concejal Marcelo Remondino. Así, fue propuesto para ocupar la presidencia, la vicepresidencia primera y la vicepresidencia segunda, quedándose con este último cargo.
El Reglamento Interno del Concejo Municipal sanlorencino establece que al menos una de las autoridades del cuerpo legislativo debe ser mujer (*). Sin embargo, en la sesión del lunes y violando las normas los concejales Esteban Arico y Martín Cerdera votaron en contra de las mujeres postuladas proponiendo a Marcelo Remondino, quien sin ningún tapujo se prestó a la jugada.
La estrategia de la oposición no prosperó por la posición adoptada por los concejales alineados con el intendente Raimundo, ya que se apegaron a la norma vigente. Si bien el PJ local realiza habituales discursos feministas, desde hace más de una década solo coloca varones en sus bancas y ahora avanzó queriendo escamotear el espacio de representación femenino del Concejo Municipal.
(*) Artículo 26: “El Concejo elegirá a pluralidad de votos a una persona para ocupar la presidencia, la vicepresidencia 1ª y la vicepresidencia 2ª que durarán un año en sus funciones. De producirse empate, se someterá a una nueva votación y si el empate subsistiera después de realizadas tres votaciones , la presidencia corresponderá al bloque del partido político o alianza electoral que más sufragios hubiese obtenido en las últimas elecciones de concejales, (conforme al recuento definitivo realizado por el Tribunal Electoral de la provincia de Santa Fe) .
Los concejales que se desempeñan en dichos cargos podrás ser reelecto es para los mismos cargos o indistintamente (art. 35º de la Ley Orgánica de Municipalidades)
Al menos una de las vicepresidencias deberá ser asignada a un bloque o coneja de signo político diferente al de la presidencia.
Entre las autoridades del Concejo Municipal deberá elegirse al menos una mujer (Resolucion Nº 111/20)”
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