El intendente Raimundo elimina 16 tasas municipales

Se trata de tributos que se cobraban a los vecinos para hacer distintos trámites. Además, el intendente ratificó que San Lorenzo seguirá sin aplicar un cargo a los combustibles como ocurre en otras localidades de la provincia y el país.

El intendente Leonardo Raimundo tomó la decisión de eliminar 16 tasas municipales que se cobraban en la gestión de distintos trámites. Se trata de tributos, sellados y aranceles que se han ido acumulando a lo largo de décadas y que impactaban, algunos de manera significativa, a la hora de realizar una gestión simple en áreas municipales.

Asimismo, Raimundo ratificó la decisión de no cobrar la tasa vial que se aplica sobre el precio de los combustibles, como ocurre en numerosas localidades de la provincia y el país.

Entre los tributos que se suprimen está el arancel que ingenieros, arquitectos, agrimensores y maestros mayores de obra deben abonar todos los años para trabajar en la ciudad; el de la habilitación de transportes escolares; y el que se cobra para hacer una rifa a beneficio.

Los tributos y sanciones correspondientes a tasas, sellados, aranceles, multas y derechos que la Municipalidad de San Lorenzo dejará de cobrar son los siguientes:

1) Tasa administrativa por cada copia autenticada de liquidación de tributos atrasados.
2) Tasa administrativa por cada copia autenticada de resolución recaída en expediente
administrativo.
3) Tasa administrativa por cada solicitud de inscripción o baja en el Derecho de Registro e Inspección de pequeños y medianos establecimientos comerciales e industriales.
4) Tasa administrativa por transferencia de contratos firmados por la Municipalidad o permiso otorgado por ésta.
5) Tasa de habilitación/fiscalización de Transporte Escolar
6) Tarifa por fotocopiado o por adquisición de copias de Ordenanza Impositiva Municipal.
7) Tarifa por equipos y máquinas municipales.
8) Tarifa por Desinfección, Desinsectación y Desratización.
9) Tasa por equipos amplificadores en lugares fijos en la vía pública.
10) Derecho de abasto, matadero o inspección veterinaria.
11) Derecho por control de higiene sobre pescados y crustáceos.
12) Derechos de rifas, bonos y tómbolas.
13) Multas por infracción a los deberes formales por cierre definitivo de comercios e industrias.
14) Multas por falta de presentación por parte de vendedores ambulantes de la matrícula habilitante.
15) Arancel por inscripción y reinscripción anual de ingenieros, arquitectos, agrimensores y maestros mayores de obra para trabajar dentro del ejido del municipio.
16) Pago de sellado por solicitud relativa a árboles en la vía pública y por tareas relativas a los mismos.

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