El lunes se conocerá la sentencia a Hernán Lazo quien junto a su hermano secuestró, violó y mató a Rocío Gómez en 2011

Tras los alegatos de cierre este lunes a las 12 en el Centro de Justicia Penal, se conocerá la sentencia a Hernán Lazo, imputado por el homicidio de Rocío Gomez, la joven sanlorencina que fue , secuestrada, abusada y asesinada por al menos tres personas y cuyo cuerpo apareció en una vivienda de Alberdi, descuartizada y tapada con cal en un pozo en 2011.

El Fiscal Alejandro Ferlazzo, explicó en una nota a Canal 3 por qué no pudo ser calificado como femicidio el crimen de Rocío: “Tenemos una prueba que a mi juicio es central y así lo hemos también desarrollado durante el debate, que es la declaración de la propia Norma, que es la mamá de Rocío Daiana Gómez, y de su propio relato, del testimonio dado en el juicio oral”.

El Fiscal le atribuye el 27 de febrero de 2011, en horas de la mañana, cuando la madre de la víctima y su concubino se dirigieron al domicilio del hermano del imputado Juan José Lazo ya condenado, en calle Valle Hermoso al 1200 de Rosario, a partir de ser convocados allí por un mensaje de texto. Se dirigieron al lugar con dos motos con intenciones de vender una de ellas al acusado. Ya en el domicilio, Hernan Lazo, su hermano, dos hijos menores de su hermano y otros dos sujetos, comenzaron a efectuar golpes en todas partes del cuerpo a las víctimas, le colocaron cinta adhesiva en la boca y precintos en las manos, y rodearon con una cadena el cuello a uno de ellos, mientras continuaban golpeándolos con puños, pies y palos, y con amenazas con un arma de fuego con aptitud para el disparo, retuvieron a ambos en el lugar hasta el día lunes siguiente. Ese lunes liberaron a ambos sin devolverles las motocicletas, previo a obligarlos a firmar distintos documentos, entre ellos un boleto de compra-venta por dichos vehículos, además de sustraer pertenencias.

“También tenemos los testimonios brindados oportunamente por su pareja, que también fue víctima y testigo presencial del hecho, y lo señalan directamente a Hernán como uno de los integrantes del grupo, en el cual los mantuvieron privados de su libertad en el domicilio de Juan José Lazo, y luego se descubre, meses después, el fallecimiento de Rocío, a partir de que se logró, en el mes de agosto de 2011, el hallazgo de los restos óseos, que luego se determinó que eran de Rocío, y a partir justamente de ese hallazgo es que fuimos corroborando, y así lo propusimos también en el juicio, todos los dichos de la mamá de Rocío, un caso que ha sido aberrante en muchas cuestiones, no solamente por el homicidio de una joven, era una menor, en ese momento tenía 17 años, sino también porque se dio en un contexto de privación de la libertad, y porque además la forma de descarte del cuerpo lo enterraron en un domicilio particular, con cal encima, intentando tapar todo tipo de evidencia, y además con el hallazgo del menor, en ese momento Rocío tenía un hijo de un año y meses, que fue encontrado desamparado en un camino en San Nicolás”, explicó Ferlazzo.

Lazo se encuentra imputado por el delito de homicidio agravado, y además una calificación de robo calificado, por uso de armas de fuego.

“El Estado argentino incorpora en el artículo 80, inciso 11 del Código Penal, la figura de femicidio, esto es un tipo penal, una ley que establece una pena de prisión perpetua para la muerte justamente de una mujer, en un contexto de violencia de género, como creo que ocurrió en este caso, pero por una cuestión de que este hecho fue cometido anterior a la incorporación en el Código Penal, no podemos seguir esa línea y tenemos que seguir la figura básica del homicidio. La Fiscalía se ha quedado con la figura de homicidio y la de robo calificado, en calidad de coautor, tenemos una discrepancia en ese sentido con la querella, que ellos han seguido una línea, una postura distinta y han tenido una pretensión de prisión perpetua”, aclaró el fiscal. La querella solicitó la condena perpetua.

La publicación de Norma, la ma´ma de Rocío Gómez, a través de redes sociales

Juan José Lazo fue condenado en agosto de 2014 a la pena de 15 años de prisión efectiva por los delitos de Privación ilegitima de la libertad doblemente agravada por el uso de violencia, amenazas y/o venganza y por el uso de arma de fuego – dos hechos-, Robo calificado por el uso de arma de fuego con aptitud para el disparo -un hecho-, lesiones,-un hecho homicidio simple-un hecho-, y como autor penalmente responsable del delito de Tenencia de arma de fuego de guerra un hecho- en concurso real.

Jonatan Vargas fue condenado en el año 2012 a la pena de 7 años y 6 meses de prisión efectiva por los delitos Privación ilegal de la libertad doblemente agravada por el uso de violencia, amenaza y/o venganza (dos hechos), robo calificado por el uso de arma de fuego con aptitud para el disparo y lesiones.

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