El Poder Judicial falló a favor de expolicía en acción reivindicatoria por vivienda y vehículo

En una resolución judicial emitida por el Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial de la 1° Nominación de San Lorenzo, a cargo del Dr. Alejandro Marcos Andino, se hizo lugar parcialmente a la acción reivindicatoria promovida por Carlos Ramón Paz, quien reclamaba la restitución de un inmueble y un automóvil en poder de la demandada, quien es la hija de su ex pareja, que falleció en 2021 y que ocupó el inmueble.

Carlos Ramón Paz, un jubilado policial de 68 años, solicitó vía judicial su intervención para agilizar la resolución de un prolongado conflicto judicial que lo mantiene alejado de su vivienda. En una carta, Paz relata cómo fue despojado de su casa en 2018, ubicada en calle Eva Perón 1100 de Puerto San Martín.

El hombre, quien se adjudicó la propiedad en 2012 durante su servicio activo en la policía, inició múltiples acciones legales, incluyendo denuncias penales y una demanda reivindicatoria en el fuero civil.

Sostiene que el inmueble sito en Bv. Eva Perón N° 1194 – de Puerto General San Martín, conforme surge del Boleto de Compraventa precario que acompaña, le fue adjudicado por la Dirección Provincial de Vivienda y Urbanismo (DPVyU) por su condición de integrante de las fuerzas de seguridad en el año 2012.
Manifiesta que el boleto fue suscripto por él y por quien entonces fuera su pareja,
Expresa que el plan de pagos era soportado íntegramente por él.
Dice que convivieron hasta el 9 de diciembre de 2018, y luego su ex pareja radicó una denuncia por violencia de género por la cual se lo excluyó provisoriamente del hogar, hasta que la mujer falleció en el año 2021 y que inmediatamente después de su deceso tomaron posesión del inmueble las hijas de ella.

La sentencia, dictada el 3 de septiembre de 2025, ordena a la demandada restituir en un plazo de 15 días el vehículo marca Fiat modelo Idea Adventure, dominio HYF 894, así como el 50% de la posesión del inmueble ubicado en Boulevard Eva Perón 1194 de Puerto General San Martín.

El magistrado consideró que, si bien el actor acreditó su derecho de propiedad sobre ambos bienes, en el caso del inmueble solo corresponde restituir la mitad de la posesión, en virtud de que la demandada ostenta derechos sucesorios sobre la otra mitad por ser heredera de su madre, quien fuera cotitular de la vivienda.

La resolución también impuso las costas del juicio en un 80% a la demandada y en un 20% al actor, atendiendo al resultado del litigio y al valor de los bienes en disputa.

El fallo pone fin a un conflicto judicial que se extendió por varios años e involucró también un proceso de desalojo y una declaratoria de herederos, destacándose la aplicación de normas de condominio y la imposibilidad de reivindicar la totalidad de un bien cuando existe cotitularidad.

El abogado patrocinante de Carlos Ramón Paz, Dr. Federico Godoy explicó que el hombre ya tenía el 50% de la titularidad de la casa, por lo que se intentará que la familia que ocupa el inmueble pueda desalojarlo sin incidentes.

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