Elecciones: Ya se puede justificar el no haber votado el pasado domingo

Las elecciones Paso y a Convencionales Constituyentes del domingo 13 de abril marcó una histórica caída en la participación electoral y con el 98 % de las mesas informadas, el escrutinio provisorio reveló un 55,6 % estimativo de participación y 1.470.470 votos válidos emitidos.

La provincia habilitó en su página web, la justificación de no voto. Cabe aclarar que ¿En qué casos se puede justificar?
La ley contempla situaciones específicas en las que los ciudadanos pueden quedar exceptuados de votar. Entre las causas más comunes están: Encontrarse a más de 500 kilómetros del lugar donde se debe votar y no contar con medios de transporte para trasladarse.
Estar enfermo o atravesar una situación médica que impida presentarse en el lugar de votación.
Cumplir funciones durante la jornada electoral, como ser personal de seguridad o de salud en servicio.
Haber sufrido una situación de fuerza mayor que impida ejercer el derecho al voto.

Para justificar la no emisión de voto pueden hacerlo en este link.

No justificar la inasistencia al voto puede traer consecuencias. Las sanciones incluyen la imposibilidad de realizar trámites ante organismos públicos nacionales, provinciales o municipales durante un año, como renovar el pasaporte o sacar el registro de conducir. También puede implicar multas económicas o inhabilitación para ejercer cargos públicos durante un período determinado.

Además, si no justifica su ausencia dentro de los 60 días posteriores, se le impondrá una multa que puede variar entre $1000 y $2000, dependiendo de la cantidad de infracciones previas acumuladas, que se pueden visualizar en el Registro de Infractores.

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