A través de dos resoluciones publicadas en el Boletín Oficial de este miércoles, la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió el uso y comercialización de un tipo de ácido hialurónico y una marca de gotas de cannabis.
“Prohíbese el uso, la comercialización y la distribución en todo el territorio nacional de todos lotes de los productos identificados como: “Volumen 33 – Acido Hialurónico reticulado al 33% – Rostro – C & C; Relleno labial y rostro – Volumen – Ácido Hialurónico + Carboximetilcelulosa reticulado – jeringas prellenadas – C & C; Volumen 20 – Ácido Hialurónico reticulado al 20% – Rostro – C & C; y PROPHILE® – tensador facial – restaura y regenera las células del rostro. Contiene Ácido hialurónico, hidrolizado de ADN y ARN, proveniente de hidrólisis bovina que restaura y regenera las células – C & C”, detalló el documento acerca del producto estético mediante la resolución 955/2024.
La investigación se inició en virtud de que por Nota N° 884/2023 el Departamento de Control de Mercado dependiente de la Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para la Salud recibió los productos secuestrados en un procedimiento realizado en el marco del Caso MPF Nº 897567 con intervención de la Fiscalía Penal, contravencional y de Faltas N° 11, para su verificación.
Los productos en cuestión son seis y cada uno tiene su prescripción y motivo de ilegalidad en la venta. La causa común detallada sería que “el producto no declara fabricante ni responsable de importación en la República Argentina”.
Según declaró el Boletín Oficial, “la Dirección de Gestión de Información Técnica informa que no consta registro de inscripción en esta Administración Nacional de los productos mencionados y que no constan antecedentes de habilitación de la empresa C&C ante esta ANMAT como importadora o fabricante de medicamentos, productos cosméticos y productos médicos”.
Además aseguraron que la situación deviene en riesgo para la salud de los potenciales pacientes y consumidores ya que se estaría tratando de de productos médicos sin autorización, por lo que se desconoce la verdadera composición y las condiciones de fabricación.
ANMAT: otro producto “retirado”
En lo que respecta al otro producto prohibido por la ANMAT (mediante la resolución 937/2024), se trata de gotas sumbliguales de cannabis denominadas “CANNABIS SATIVA OIL”.
“Prohíbese el uso, la comercialización y la distribución en todo el territorio nacional de todos los lotes y presentaciones de los productos identificados como: “CANNABIS SATIVA OIL, gotas sublinguales, CBD. Ingredientes: Cannabidiol, Cannabis Sativa Seed Oil, Olea Europaea Fruit oil, Tocopherol. Importa y distribuye en Uruguay NEWAGE PRODUCTS S.A. y JABÓN TERAPEUTICO CON ALOE VERA Y ACEITE DE CANNABIS, no contiene THC, Industria Argentina. ELABORADOR N° 2145.” hasta tanto obtengan las autorizaciones correspondientes”, informó el documento oficial.
Qué opinas?