La Anmat prohibió un acondicionador para el cabello por irregularidades en su composición y rotulado

La medida alcanza al producto “Blonde Curls – Moisturizing Silver Conditioner”, de la marca Curl Girl. Fue retirado del mercado por carecer de datos obligatorios y contener ingredientes prohibidos por la normativa vigente.

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) dispuso la prohibición del uso, comercialización, distribución y publicidad en todo el país de un acondicionador para el cuidado del cabello, tras detectar graves irregularidades en su composición y en el rotulado.

La decisión fue oficializada a través de la Disposición 28/2026, publicada en el Boletín Oficial, y recae sobre el producto “Blonde Curls – Moisturizing Silver Conditioner”, de la marca Curl Girl, cuya legitimidad no pudo ser acreditada por la autoridad sanitaria.

La investigación se inició a partir de un reporte por sospecha de desvío de calidad recibido por el área de Cosmetovigilancia de la Anmat. Durante el análisis, se constató que el acondicionador se comercializaba sin información de lote ni fecha de vencimiento, incumpliendo los requisitos básicos de identificación exigidos para productos cosméticos. Además, los datos consignados en el envase no coincidían con ningún cosmético debidamente inscripto en la base oficial del organismo.

Según la información oficial, el rotulado del producto mencionaba el número de legajo 2731, correspondiente al Laboratorio Luis Norberto Jara, habilitado para la elaboración de cosméticos. No obstante, al ser notificado, el titular del laboratorio desconoció como propia la unidad detectada en el mercado, aclarando que su producción legítima contaba con un único lote identificado como DC394, con fecha de vencimiento en noviembre de 2024.

A raíz de esa situación, la Anmat realizó una inspección en el establecimiento y determinó que el producto había sido comercializado sin haber completado el trámite de inscripción obligatorio, condición indispensable para su habilitación legal. Asimismo, se verificó que el lote elaborado contenía dos ingredientes expresamente prohibidos por la normativa argentina desde 2015: azul de metileno y violeta de genciana.

Como consecuencia de estas irregularidades, el organismo ordenó en primera instancia el retiro inmediato del producto del mercado. Posteriormente, se inició un trámite de inscripción del acondicionador a nombre de la firma Ukiyo S.R.L., que fue notificada para informar si había tenido intervención en la comercialización del producto sin lote ni vencimiento. Hasta el momento, no se recibió respuesta oficial.

Con la disposición ahora publicada, la Anmat amplió y formalizó el alcance de la medida sanitaria, prohibiendo expresamente el uso y la promoción del producto en todo el territorio nacional, incluida su venta a través de plataformas digitales. Desde el organismo remarcaron que la decisión apunta a proteger la salud de los consumidores, frente a productos considerados ilegítimos, para los cuales no es posible garantizar condiciones mínimas de seguridad, calidad y eficacia.