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La Corte Suprema confirmó la condena a prisión perpetua a Nahir Galarza

La Corte Suprema confirmó la condena a prisión perpetua a Nahir Galarza por el crimen de quien era su novio, Fernando Pastorizzo. La Corte rechazó el recurso extraordinario que intentaba su defensa para insistir en su inocencia. La Justicia sostiene que no hay dudas de que el 29 de diciembre de 2017, Nahir asesinó a Fernando de dos disparos utilizando el arma reglamentaria de su padre.

Galarza tenía 19 años en ese entonces y cumplirá su condena en 2052, a los 54 años. Esta fue la última instancia en la que la defensa podía pedir la revisión de la pena, pero la decisión de la Corte implicó dejar firme la condena a Nahir Galarza a prisión perpetua por homicidio calificado por el vínculo. El fallo fue firmado por los jueces Ricardo Lorenzetti, Juan Carlos Maqueda y Horacio Rosatti. “El recurso extraordinario, cuya denegación originó esta queja es inadmisible”, sostuvieron los magistrados.

El crimen ocurrió el 29 de diciembre de 2017, entre las 5:10 y 5:15 de la madrugada en Gualeguaychú, Entre Ríos. Galarza y Pastorizzo tenían una relación sentimental desde hacía cuatro años y esa noche viajaban en un ciclomotor, pero cuando se detuvieron, ella sacó una pistola calibre 9 mm, que pertenecía a su padre policía y le disparó en la espalda cuando aún estaba sobre la moto. El joven cayó al piso y en ese momento le disparó en el pecho. Esta circunstancia hizo concluir al Tribunal de Juicio y Apelaciones de Gualeguaychú en 2018 que la joven “tuvo claras intenciones de menoscabar la vida de Pastorizzo”.

Tras el crimen, Nahir regresó caminando a su casa y guardó la pistola del padre en su lugar. “Con frialdad calculada”, sostuvo el tribunal, mandó mensajes por whatsapp al celular de Fernando. “¿La podés cortar?, ¡Ya te dije que no me vi con nadie!”, escribió. Con esa acción, los jueces interpretaron que “indudablemente” pretendía no se sospechara de ella.

Con la aparición del cadáver de Fernando, en Instagram, Galarza publicó: “5 años juntos, peleados, yendo y viniendo pero siempre con el mismo amor. Te amo para siempre mi ángel”.

Nahir declaró como testigo, ya que había sido la última persona en ver al joven con vida. En esa oportunidad detalló que pasó por la casa de su novio porque se olvidó el celular. Poco después regresó con su padre y un abogado a la fiscalía y dijo que ella lo había matado. En el juicio oral habló de un disparo accidental cuando Fernando quiso sacarle el arma y en 2022, luego del juicio, acusó a su padre de haberlo matado.

La Cámara de Casación de Concordia reevaluó las pruebas en julio de 2019 y ratificó la condena, pero la defensa acudió ante el Superior Tribunal de Justicia de la provincia de Entre Ríos, que rechazó la queja. Solo restaba apelar a la Corte Suprema. “Se comprobó certeramente las distancias que existieron entre la pistola y el cuerpo de Pastorizzo al momento de los disparos: el que ingresa por la espalda con contacto débil, y el que se da desde el frente entre 20 y 50 centímetros”, dijo Casación. “La hipótesis de ocurrencia del hecho propuesta por la defensa es inverosímil, roza el absurdo”.

“La acusada se ha valido de la confianza que existía con Pastorizzo para concretar su ataque a la vida de este, puesto que es indudable que la víctima condujo su motocicleta desde la casa de Galarza hasta el lugar donde fuera ultimado, transportando detrás suyo a su pareja, sin tener conocimiento de lo que le ocurriría, y sin esperar o sospechar siquiera un comportamiento como el acontecido. Y esa confianza es la que pone a la víctima en una particular situación de indefensión”, detallaron.

Para Casación, a la luz de los testimonios y el análisis de los mensajes de la pareja -con bloqueos recíprocos constantes-, no había una “desigualdad de poder” entre ambos: “La imputada no estaba ni por lejos bajo los designios de la víctima, no se encontraba bajo subordinación ni con su libertad de actuación acotada”.

El jefe de los fiscales determinó que de los mensajes de WhatsApp intercambiados por Galarza y la víctima durante el período que duró su relación “no surge reclamo alguno de parte de la primera vinculado a alguna agresión de Pastorizzo”. Estas conclusiones coinciden con las pericias psicológicas en las que nos advertían señales de agresión, ni tampoco los psicólogos o psiquiatras que la vieron detectaron un “daño psíquico o emocional”.

Tras cuatro años en prisión, Nahir presentó una nueva versión de los hechos y aseguró que el asesino había sido su padre. En 2022, la defensa notificó a la Corte Suprema de una causa penal contra el padre de la joven por “abuso sexual infantil gravemente ultrajante, abusos físicos, violencia intra-familiar, violencia sexual en situación de un antiguo vínculo afectivo y el cumplimiento de una condena por temor reverencial”, acciones en las que Nahir y su madre, Yamina Kroh, eran las vítimas.

Marcelo Mariano Galarza fue investigado por el Fiscal, Sergio Rondoni Caffa. También se investigó a los abogados defensores de Nahir durante el juicio, Víctor Rebosio y Horacio Darganiz, argumentando que todos ellos habrían arreglado la causa para encubrir al padre de la imputada. Esta denuncia fue desestimada ‘in limine’ por la Justicia entrerriana, que consideró esclarecido el caso. Finalmente, este dos de julio, la Corte Suprema dejó firme la sentencia contra Nahir.

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