La Justicia absuelve al policía Nocelli, acusado de doble homicidio agravado

La Justicia revirtió una condena a 25 años y consideró que el accionar del oficial durante un violento enfrentamiento de apenas 14 segundos estuvo amparado por la ley. Una análisis integral del contexto y la percepción real del agente en el momento del hecho fueron clave para la absolución.

En un fallo que marca un precedente significativo en la valoración de la actuación policial en contextos de alta tensión, el Colegio de Jueces Penales de Segunda Instancia de Rosario absolvió al oficial Luciano Mariano Nocelli de los cargos de homicidio agravado por el uso de arma de fuego en dos oportunidades, por los que había sido condenado originalmente a 25 años de prisión. La decisión, plasmada en el Acuerdo N° 25/2/26/3, revoca la sentencia de primera instancia y concluye que su conducta estuvo justificada en el cumplimiento de su deber.

El caso se remonta a la noche del 21 de mayo de 2019, cuando Nocelli, junto a su compañero Hugo Leone, patrullaba las calles de Rosario en un móvil del Comando Radioeléctrico. Al llegar a la intersección de Boulevard 27 de Febrero y calle Buenos Aires, observaron a Maximiliano Rosasco agrediendo brutalmente a una ciclista, Yamile Salman, para robarle su bolso, golpeándola repetidamente en la cabeza con un arma de fuego. Al intentar intervenir, los oficiales fueron recibidos con disparos por parte de Rosasco, desencadenando un enfrentamiento que duró apenas catorce segundos, pero que culminó con la muerte de Rosasco y de su cómplice, Jimena Gramajo.

La condena inicial de 25 años de prisión, dictada en abril de 2022 por el Tribunal de Primera Instancia y confirmada en marzo de 2023 por la Alzada, se basó en una interpretación fragmentada de los hechos. Según estos fallos, mientras los primeros once segundos de la intervención policial estaban justificados, los últimos tres segundos –captados por una cámara de seguridad– configuraban un homicidio doloso, al considerar que Nocelli disparó contra Rosasco cuando ya estaba desarmado y en el suelo, y contra Gramajo cuando se encontraba de espaldas y sin representar una amenaza inmediata.

Sin embargo, la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe, en noviembre de 2024, anuló la sentencia de segunda instancia por considerar que la fragmentación temporal de los hechos era arbitraria y contraria a la sana crítica racional. El máximo tribunal provincial ordenó que un nuevo colegio de segunda instancia reevaluara el caso, poniendo énfasis en la percepción ex ante de los agentes –es decir, en lo que razonablemente podían percibir en el calor del momento–, y no en un análisis ex post basado en la reproducción pausada de las imágenes.

El nuevo Tribunal, integrado por las Dras. Gabriela Sansó (presidenta), Alfredo Ivaldi Artacho y Juan Pablo Lavini Rosset, tras una minuciosa deliberación, concluyó que la actuación de Nocelli se enmarcó en las causales de justificación previstas en el artículo 34, incisos 1 y 4 del Código Penal, que eximen de responsabilidad penal a quien actúa en cumplimiento de un deber o en estado de legítima defensa, siempre que lo haga dentro de los límites legales.

En su extensa fundamentación, el fallo criticó la metodología de análisis utilizada por los tribunales anteriores, que habían “pausado” los 14 segundos del incidente para culpar a Nocelli solo por los últimos tres. Se destacó que, desde la perspectiva de un agente inmerso en un episodio violento, rápido y caótico, era inviable percibir con certeza el preciso momento en que Rosasco quedaba desarmado. Además, se subrayó que Leone, el compañero de Nocelli, permaneció en el suelo en actitud defensiva hasta el final del enfrentamiento, lo que reforzaba la percepción de un riesgo persistente.

El Tribunal también consideró que las pericias balísticas –realizadas por la Agencia de Investigación Criminal, Gendarmería Nacional y la Policía Federal– presentaban contradicciones significativas y no permitían determinar con certeza qué proyectiles letales habían sido disparados por Nocelli. Asimismo, se valoraron los testimonios de testigos clave, como Mario Alberto Molina, quien declaró haber creído que Leone había muerto durante el enfrentamiento, y la propia víctima del robo, Yamile Salman, quien relató el alto grado de violencia y el riesgo vital al que fue sometida.

La fiscalía, no obstante, mantuvo su postura durante la audiencia, solicitando inicialmente la confirmación de la condena y, de manera subsidiaria, una pena de 12 años por homicidio culposo agravado, amparándose en un eventual exceso en el cumplimiento del deber. Sin embargo, el Tribunal consideró que no existían elementos suficientes para sostener esta calificación.

El fallo no solo absuelve a Nocelli, sino que sienta un importante precedente sobre la conducta de los agentes de seguridad en situaciones de alto riesgo.

Con esta decisión, Luciano Nocelli recupera su libertad, tras años de proceso judicial, y se cierra un capítulo legal que ha generado intensos debates sobre el uso de la fuerza policial, la proporcionalidad y los límites de la justificación en el cumplimiento del deber.

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