Lo condenaron a cinco años de prisión por robar un comercio armado con una cuchilla

Esta mañana en los tribunales de San Lorenzo condenaron a un hombre a cinco años de prisión por robar armado con una cuchilla en un minimarket ubicado en Avenida San Martín y Moreno el año pasado.

La Jueza de Primera Instancia Dra. Strólogo resolvió homologar el procedimiento abreviado presentado por la Fiscalía, aceptado por la Defensa condenando a Ricardo Cristian Salas a la pena de 5 años de prisión efectiva por los delitos de Robo calificado por haber sido cometido con arma de fuego en calidad de autor; y Hurto y Desobediencia a la autoridad judicial en concurso real.

El Fiscal Dr. Maximiliano Javier Nicosia Herrero le atribuyó el hecho ocurrido el 14 de octubre de 2022 a las 19:50hs, haber ingresado al local comercial tipo Minimarket ubicado en calle Moreno y Av. San Martin de la Ciudad de San Lorenzo, en compañía de una femenina aún no identificada y bajo amenazas y exhibiendo una cuchilla tipo de guerra de unos 20 cm, a la empleada del ligar sustraerle la recaudación del día, siendo la suma aproximada de $35.000 y un celular marca Samsung Core 2, dándose finalmente a la fuga.

También se le imputó el hecho ocurrido entre las 19hs del día 24 de agosto de 2022 y las 8hs del día 25 de agosto, haber ingresado al domicilio de calle Araya al 1500 de San Lorenzo, donde habita su ex pareja, mientras esta se había ausentado del mismo para ir a trabajar; haciéndolo a través de una abertura tapada con una chapa y una madera que se corren fácilmente, y haber sustraído un televisor plasma de 43 pulgadas marca BGH, una garrafa de 10kg, y un par de zapatillas número 46 marca Adidas color blanca, luego de lo cual se acostó a dormir en el lugar, siendo aprehendido allí por personal policial a las 8:30hs aproximadamente.

También se le atribuye haberse dirigido el día miércoles 24 de agosto entre las 22hs y 23hs aproximadamente al lugar donde la víctima trabaja a pedirle plata para comer, siendo que la víctima se negó a darle. Asimismo se le atribuye mediante dichas conductas haber desobedecido la prohibición de acercamiento respecto de la víctima y sus hijos en un radio de 1000 metros de cualquier ámbito material donde la nombrada desarrolle sus actividades laborales y/o recreativas y/o educativas y el cese de hostigamiento hacia la misma dispuesta por el juzgado de Familia emanado en fecha 31/01/22.

Qué opinas?

También te puede interesar

Más del autor