El gobernador Omar Perotti encabezó el acto por las nuevas medidas sanitarias ante la pandemia de coronavirus que deja en este viernes un saldo de 1.348 nuevos casos en la provincia. Se prorrogan al menos por una semana la mayoría de las restricciones anunciadas hace dos semanas. La medida comprende a los departamentos Rosario, San Lorenzo, Constitución, Caseros y General López.
Nueva modalidad de convivencia en pandemia: las medidas se implementarán desde las 00 h del 19/09 y por 7 días, en los departamentos Rosario, San Lorenzo, Constitución, Caseros y General López.
¿QUÉ ES LO QUE NO SE PUEDE HACER?
- Actividades comerciales de shoppings, peatonales y galería
- Locales gastronómicos Bares, restaurantes, rotiserías, heladerías.
- Comercios mayoristas y minoristas de rubros no esenciales de más de 100 m2.
- Ejercicio de profesiones liberales, incluidos mandatarios, corredores y martilleros; actividad inmobiliaria y mudanzas.
- Servicios de personal doméstico
- Actividades religiosas, cultos, reuniones o ceremonias de más de 10 personas.
- Obras privadas que ocupen más de 5 trabajadores, profesionales o contratistas.
- Actividades administrativas de sindicatos, entidades gremiales empresarias, cajas y colegios profesionales, entidades deportivas, universidades nacionales y privadas.
- Práctica de actividades deportivas y físicas en instalaciones cerradas como clubes o gimnasios, o espacios públicos al aire libre.
- Pesca deportiva y recreativa Modalidad desde costa y embarcados, navegación recreativa y guarderías náuticas y clubes deportivos.
- Museos, bibliotecas y lugares recreativos de divulgación científica públicos o privados.
- Salas de grabación y ensayo Preproducción, producción y postproducción de audios o audiovisuales.
- Enseñanza disciplinas artísticas En forma particular por un docente o artista, enun espacio colectivo, institución o establecimiento.
- Actividad artística y artesanal A cielo abierto, en plazas, parques y paseos.
- Caminatas recreativas para personas incluidas en grupos de riesgo.
¿QUÉ SE PUEDE HACER?
- Servicio de peluquería, manicuría, cosmetología y podología con turno previo y un máximo de ocupación del 50%.
- Venta de mercaderías elaboradas de rubros esenciales y no esenciales a través de plataformas de comercio electrónico y venta telefónica mediante la modalidad entrega a domicilio (delivery).
- Actividad notarial necesaria para cumplir actividades y servicios esenciales solo con la intervención de las personas indispensables y evitando reuniones.
- Servicios de cuidados de adultos mayores, personas con discapacidad y niños, niñas y adolescentes.
- Práctica deportiva de deportistas olímpicos y profesionales que cuenten con la autorización nacional.
- Actividades religiosas, cultos, reuniones o ceremonias de hasta 10 personas.
- Comercios de proximidad o cercanía de rubros esenciales y no esenciales, de manera presencial o modalidad para llevar (take away) hasta las 19.30 hs.
- Salidas breves para caminatas de esparcimiento bajo la siguiente modalidad: > Uso obligatorio de elementos de protección de nariz, boca y mentón > Sin exceder el radio de 500 metros del domicilio de residencia >Sin extenderse más allá de las 19.30 hs.
- Locales gastronómicos: bajo la siguiente modalidad: > Exclusivamente para envíos a domicilio (Delivery) las 24 hs. y servicio para llevar (Take away) hasta las 22 hs.
- Administración Central y organismos dependientes del Estado Provincial, con prestación presencial limitada a áreas críticas a funciones indispensables.
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