El fallo constituye un acontecimiento inédito al ser la primera condena por este delito en Argentina. El proceso judicial se originó por la denuncia del ministerio de Trabajo y Seguridad Social de la provincia de Santa Fe.
La jueza del Colegio de Jueces de Primera Instancia del Distrito Nº 14 de Villa Constitución, Marisol Usandizaga, condenó este jueves a un matrimonio de la localidad de Santa Teresa a un año de prisión de cumplimiento condicional por el delito de aprovechamiento económico ilegal de trabajo infantil en calidad de coautores.
El proceso judicial tuvo origen a partir de una denuncia hecha por el ministro de Trabajo y Seguridad Social de la provincia, Julio Genesini, tras una actuación realizada por inspectores de la cartera laboral en una plantación de arándanos en Santa Teresa.
“En 2016, tras un operativo a cargo de inspectores de nuestro Ministerio, se constató que varios menores de entre 12 y 16 años trabajaban en condiciones precarias en el cultivo de arándanos. A raíz de ello, formulamos una denuncia contra los empleadores, tal como lo establece la Ley Nacional 26.847 que incorporó la penalización del trabajo infantil”, señaló Genesini.
“Es un fallo que contribuye a generar conciencia. Esta es una práctica delictiva que tiene graves consecuencias jurídicas para quien incurra en ellas, no se trata de un tema menor”, dijo el ministro, y agregó que “el gobierno de Santa Fe extrema la tutela de los derechos de los niños y las niñas que no pueden ser sujetos del aprovechamiento económico en contravención de la ley laboral”.
“Estamos convencidos de que el trabajo no es cosa de chicos ni chicas. En ese sentido, este fallo es un hito que marca un punto de inflexión en la temática”, expresó.
Por último, ponderó “la prevención y erradicación del trabajo infantil en todas sus formas como un objetivo prioritario para el gobierno de Santa Fe. Para ello, contamos con una red de 36 centros de Cuidado Infantil que funcionan en 25 localidades a lo largo de la provincia de Santa Fe”.
Genesini describió a estos centros como “espacios de atención integral para la protección social de niños de 0 a 4 años, como así también de contención de niños con trayectorias escolares discontinuas. De esta manera, muchos padres pueden cumplir sus jornadas de trabajo con la tranquilidad de que sus hijos más pequeños quedan en un lugar seguro, con cuidados acordes a su edad”.
DENUNCIAS PENALES
Desde la incorporación del trabajo infantil en el Código Penal, el gobierno de Santa Fe realizó nueve denuncias. En este caso, es la primera vez que la Justicia condenó a los responsables.
La denuncia se enmarca en las acciones diseñadas por la cartera laboral en el “Protocolo para el abordaje de casos de trabajo infantil”. El mismo presenta una serie de referencias para la coordinación y cooperación ante situaciones de trabajo infantil, estableciendo criterios y pautas de acción para la identificación de casos, atención a las víctimas y abordajes con el grupo familiar, entre otros aspectos.
De este modo, se busca garantizar la coordinación de organismos e instituciones que deben intervenir en estos casos a los fines de preservar a los derechos de la niñez, en el marco de la Ley 12.967 de Promoción y protección integral de niños, niñas y adolescentes.
TRABAJO ADOLESCENTE
El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de Santa Fe, a partir de la Resolución 216/13, emite autorizaciones para que puedan trabajar adolescentes de 16 y 17 años o niños y niñas en los casos que tales excepciones estén contempladas por la Ley de Contrato de trabajo.
Las autorizaciones se otorgan con el objetivo de preservar en todos los casos, la salud física y psíquica de los niños, niñas y adolescentes, y su permanencia en el sistema educativo obligatorio.
Los tipos de autorizaciones, que se emiten teniendo en cuenta el Listado de tareas peligrosas diseñado por la provincia de Santa Fe, son para el trabajo adolescente protegido, es decir que no pueden ser ocupados por más de seis horas diarias o 36 semanales; para la extensión de jornada laboral, que en el caso de adolescentes de entre 16 y 18 años podrá ser extendida a ocho horas diarias o 48 semanales, previa evaluación de condiciones de trabajo; para trabajo adolescente protegido en empresa familiar, que incluye a adolescentes de entre 14 y 16 años que podrán ser ocupados en empresas de familia siempre que la jornada de trabajo no supere las tres horas diarias y las 15 semanales; y para el trabajo artístico, que contempla otorgar permisos individuales a niños, niñas y adolescentes que sean contratados para realizar trabajo artístico, previa evaluación de condiciones de trab ajo.
Para realizar consultas o denuncias ante posibles casos de trabajo infantil, el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de la provincia cuenta con la línea telefónica gratuita 0800 555 3846.
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