Reducen pena a agresor sexual por considerar que los informes técnicos no acreditan una violación

La Cámara de Apelaciones resolvió rever un fallo de primera instancia y redujo la condena por abuso sexual a Daniel Esteban E. a cuatro años de prisión.

Los jueces Carina Lurati, Javier Beltramone y Gabriela Sansó revirtieron un fallo del juez sanlorencino Juan Carlos Gazza quien condenó en agosto de este año a Daniel Esteban E., a nueve años de prisión por abuso sexual con acceso carnal agravado por el vínculo, por tratarse de su hija, menor de edad.

La Cámara resolvió condenar a E., a 4 años de prisión y cambiar la calificación del delito de abuso sexual con acceso carnal a abuso sexual con acceso carnal en grado de tentativa, tras un informe de la médica de parte y del médico policial que señalan que no puede acreditarse que hubo acceso carnal anal al no constatarse lesiones. La defensa del imputado había apelado el fallo del juez Gazza y los camaristas redujeron la condena de 9 a 4 años.

Según fuentes judiciales consultadas por Pregón, la fiscalía a cargo del Dr. Leandro Lucente, sostuvo desde un primer momento la responsabilidad del acusado, en base a las declaraciones de la víctima y de los informes del hisopado anal que arrojó resultado positivo en cuanto a material genético.

 

 

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