La Municipalidad de Roldán reglamentó la Ordenanza N° 1169/22 que regula el funcionamiento de los remises.
De esta manera, se deroga la norma existente, buscando “que acompañe el desarrollo y crecimiento sostenido que la ciudad presenta en los últimos años, adaptada a las nuevas necesidades, que sea justa, de fácil aplicación y entendimiento, tanto para los titulares de agencias, los concesionarios, los conductores y los pasajeros”.
La medida implica un reempadronamiento de las titularidades existentes, incluyendo el reemplazo de chapas identificadoras por unas nuevas con un plazo de 180 días. Una persona humana puede ser titular de dos chapas, y en caso de las personas jurídicas hasta tres. Una vez vencido el plazo se establecerá mediante un decreto que aquellas que no se presentaron para el cambio, no tendrán valor legal.
La ordenanza también prevé condiciones edilicias que las remiserías deben respetar y un mejoramiento de los vehículos. Se establece que los coches no podrán exceder los cinco años de antigüedad, aunque durante los años de concesión la antigüedad podrá extenderse hasta los diez años, con un período de excepción durante la implementación. Además, los automóviles deberán poseer odómetros (instrumento de medición que calcula distancias por precio de recorrido) y localizador GPS.
Las tarifas de los viajes serán establecidas por el Concejo Municipal con intervención de los remiseros de la ciudad. Hasta entonces, se tomará de referencia la tarifa establecida en la ciudad de Funes.
“Entendemos que es necesario reglamentar y supervisar desde el Estado el servicio en beneficio de los usuarios, los concesionarios y agencias. La reglamentación anterior resultaba insuficiente y daba pie a situaciones irregulares que pretendemos superar”, señalaron desde la Subsecretaría de Comercio.
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