Impulsan proyecto para incorporar como materia la lengua de señas en las escuelas de Santa Fe

Juan Pablo Fabrissín, de 42 años, presentó formalmente su proyecto en la ciudad del norte santafesino y propuso que las autoridades del Ministerio de Educación, en conjunto con docentes, seleccionen tres escuelas de diferentes regiones de Santa Fe para llevar a cabo una prueba piloto que luego pueda replicarse en otras instituciones.

“El proyecto es igual a uno del año 2016, cuando a partir de una serie de experiencias negativas planteé la necesidad de que Santa Fe pudiera tener una prueba piloto en tres lugares”, contó Fabrissín en diálogo con Podría ser peor (Radio 2).

Las “experiencias negativas” a las que se refirió fueron dos. Por un lado, lo que le ocurrió a su esposa, que sufrió una hipoacusia súbita en el oído izquierdo. Por el otro, recordó que hubo una ocasión en la que una joven ingresó en su inmobiliaria para consultar por un alquiler, pero no logró comunicarse por no saber lengua de señas.

“Lo importante es que esto comience y se convierta en algo trascendental, en una política de educación”, remarcó el hombre.

Fabrissín comentó que si bien hay algunas escuelas que ya enseñan lengua de señas, lo que busca con su propuesta es que “se convierta en una materia obligatoria en la currícula” para todas las instituciones de Santa Fe.

“Yo tengo 42 años, y cuando iba al colegio se dejó de estudiar estenografía, que se usaba mucho –por ejemplo– en juicios para representar palabras mediante signos. Los contenidos se van actualizando, y yo creo que es momento de incluir a la gente de manera real”, expresó.

Además, mencionó que se pueden usar como referencia “las experiencias de Córdoba y Río Negro”, dos provincias en las que ya se han implementado propuestas similares.

El proyecto

Artículo 1°.- Incorporar a la propuesta curricular la enseñanza de la lengua de señas en 3(tres) escuelas primarias del sistema educativo nacional en sus distintas modalidades de las siguientes regiones de Santa Fe: Sur, Centro y Norte.
Artículo 2°.- El Ministerio de Educación de la Provincia elaborará los lineamientos curriculares correspondientes a esta propuesta.
Artículo 3°.- El Ministerio de Educación de la Provincia será la autoridad de aplicación de la presente ley.
Artículo 4°.- El Ministerio de Educación de la Provincia se hará cargo de las horas cátedra necesarias para el dictado de las clases.
Artículo 5°.- Comunicar al Poder Ejecutivo Provincial.
En sus fundamentos, el texto de la propuesta señala que “el objeto de esta ley es incluir a todos aquellos ciudadanos que el sistema ha dejado afuera y revertir una situación que sólo requiere voluntad para dar una clara señal de que todos somos iguales”.

Fuente: Rosario 3

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