Quiso prender fuego a su marido con una olla con nafta, pero el encendedor no funcionó: la condenaron a 10 años de prisión

En una audiencia que finalizó hoy en los Tribunales Provinciales de San Lorenzo, condenaron a 10 años de prisión efectiva a Alicia Rodríguez, por intentar matar a su ex pareja en una causa calificada de homicidio agravado en grado de tentativa y por amenazas simples.

El juicio, que comenzó el 15 de mayo pasado, contó con la participación de los jueces Dres. Ignacio Vacca, Eugenio Romanini y Griselda Strologo.

La fiscal Dra. Natalia Benvenuto había solicitado originalmente 13 años de prisión para la imputada, en medio de un proceso que dejó en evidencia la gravedad de los hechos.

El incidente por el cual Alicia Rodríguez fue condenada ocurrió el 19 de septiembre de 2023 en la calle French al 400 de Fray Luis Beltrán. Según la investigación, la mujer envió un mensaje de texto a su víctima, con la intención de que acudiera a su domicilio. Al llegar, y sin mediar palabra, la acusada vertió nafta en una olla y, con un encendedor, intentó prender fuego a su ex pareja. La víctima logró escapar por sus propios medios, mientras la agresora lo persiguió insultándolo y lanzándole amenazas.

Además, se le atribuye a Alicia Rodríguez haber amenazado a su ex pareja por mensajes de texto en la mañana del mismo día, en un contexto previo a su intento de ataque.

El fallo fue unánime en cuánto a condenar a Rodríguez, pero no en cuanto a la pena, porque en disidencia parcial, la doctora Griselda Strólogo condenó a la mujer de 6 años de prisión, accesorios legales, y costas por replicación de circunstancias extraordinarias de la determinación previstas en el artículo 80 del Código Penal, último párrafo. La replicación de las circunstancias extraordinarias de atenuación del artículo 80, último párrafo, se refiere a la posibilidad de aplicar la reducción de pena en casos similares, siempre y cuando se cumplan las condiciones previstas en la ley y se demuestre la existencia de dichas circunstancias como por ejemplo la existencia de una larga y grave relación de violencia doméstica. 

-La existencia de un trastorno mental o afectivo del victimario que pudo haber contribuido a la comisión del delito. 

-La existencia de un “shock” emocional o un estado de pánico en el momento de la acción. 

La fiscal Natalia Benvenutto, explicó tras el fallo que: “Esta causa tenía algunos ingredientes especiales. Para este Ministerio no llegaban a ser circunstancias extraordinarias de atenuación, sino no todo lo contrario. Creo que logramos demostrar durante el juicio que la señora Rodríguez actuó de una manera premeditada, calculada, planificada, organizada. Avisó lo que iba a hacer a uno de sus hijos que estaba en el norte, utilizados de sus hijas como señuelos”.

“Las características del caso para mí imponían una condena. Y si bien nosotros solicitamos 13 años, creo que esta resolución judicial está a la altura de las circunstancias”, aseveró Benvenutto.

Sobre la presunta denuncia de abuso sexual a un familiar de la agresora, como móvil del intento de homicidio, la Fiscal señaló que no se pudo probar en el juicio: “Durante el transcurso de la investigación, inclusive y en juicio, la defensa fue orbitando por diferentes estrategias. Primero, situar a Rodríguez como víctima de violencia”, consideró.

“Después, transversalizar en una cuestión de violencia sexual hacia algún miembro de la familia. Finalmente, intentar una capacidad reducida o una falta de capacidad de entendimiento de sus acciones. Pero creo que fueron todos intentos que no lograron demostrarse en juicio”, indicó la funcionaria del Ministerio Público de la Acusación.

“De hecho, y a rigor de verdad, este Ministerio tiene un criterio objetivo de actuación y fue el mismo Ministerio, con las políticas públicas que tenemos, quien primeramente, ni bien comienza esta investigación, intentó descartar o confirmar estos extremos para saber cuál era la plataforma”

Sobre el móvil del intento de homicidio, la fiscal contó que “Estamos frente a una persona que sí estaba cursando un cuadro con depresión, con ansiedad, había tenido intentos de suicidios previos y la mayor fractura se da cuando, mediados del 2023, ella retorna de un viaje que había hecho y se había instalado un tiempo en Villa Guillermina, en la casa de un familiar, y su pareja decide romper la relación. A partir de ahí, todos los ingredientes dan cuenta de que ella forzaba o que no aceptaba este quiebre”.

Por otra parte, los tres hijos brindaron testimonio en cámara gesell y corroboraron toda esta historia. “Los chicos fueron lapidarios en ese sentido. Dos de ellos fueron testigos de lo ocurrido ese día y declararon de manera contundente todo lo que ocurrió. Y el tercero de los hijos es quien recibe los mensajes el día anterior o horas antes, avisando de lo que iba a ocurrir y también declaró en ese sentido”, señaló la fiscal.

En el juicio, se debatió una relación violenta entre ambos, pero la fiscal apuntó a que era él el que padecía violencia por parte de la mujer. “La víctima es una persona muy dócil, muy tranquila, muy ocupada de sus hijos. Reconoce que ellos tenían una relación difuncional. Como madre de sus hijos, la quiere, la respeta y nunca hubiese querido que se llegara a esta instancia”, concluyó la fiscal.

Qué opinas?