Cambian la calificación de homicidio en audiencia judicial por el triple crimen de Bermúdez

En una audiencia celebrada este 24 de julio en los tribunales de San Lorenzo, se modificó la calificación legal de un homicidio múltiple ocurrido en Capitán Bermúdez en enero de 2024. Los imputados, Alexis Ezequiel Lobos y Luciano Gastón Palacios, enfrentan cargos por su participación en los hechos que terminaron con la vida de Santiago Ochoa, Emiliano Saucedo y Eber Ramos.

La Fiscalía, representada por la Dra. Luisina Paponi, reformuló la acusación contra Lobos, calificando los homicidios como “Homicidio Criminis Causae” en tres hechos en concurso real, en grado consumado y a título de autor. Por su parte, Palacios fue acusado de “Encubrimiento por Favorecimiento Real y Receptación Dolosa Agravado”, debido a su presunta participación en ocultar pruebas relacionadas con el crimen, incluido el robo de un teléfono celular y una motocicleta utilizada en los hechos.

La audiencia, presidida por el Dr. Carlos Gazza, tuvo conectados desde la Unidad Penitenciaria Nº 1 de Coronda, a ambos imputados que se encuentran detenidos. Los defensores particulares de los acusados, los Dres. Ezequiel Torres (defensor de Lobos) y Fernando Virgili junto a Noelia Borletto (Palacios), no presentaron objeciones a las nuevas calificaciones.

Los crímenes ocurrieron en la madrugada del 13 de enero de 2024 en un domicilio de la calle 13 de Marzo en Capitán Bermúdez. Según la investigación, Lobos habría atacado a las víctimas con una maza y una cuchilla, mientras que Palacios habría intervenido posteriormente para encubrir los hechos. La Fiscalía presentó un extenso cuerpo de pruebas, que incluye declaraciones testimoniales, pericias forenses y análisis de dispositivos electrónicos.

Nueva calificación para Alexis Ezequiel Lobos

Se le imputa “Homicidio Criminis Causae” (art. 80 inc. 7 del Código Penal) en tres hechos en concurso real, considerando que los asesinatos de Santiago Ochoa, Emiliano Saucedo y Eber Ramos fueron cometidos con el fin de asegurar el resultado de un delito anterior (apoderarse del dinero que las víctimas le habrían entregado) y garantizar su impunidad. Todo habría ocurrido cuando Santiago Ochoa acudió junto a su compañero de trabajo, Emiliano Saucedo, al domicilio de Lobos para buscar 891.000 pesos, más los intereses prometidos por el imputado, lo que en total sumaba 1.265.000 pesos. Este dinero, Ochoa se lo entregó el 19 de diciembre de 2023, bajo la promesa de devolverle 990 dólares.

  • Grado de participaciónAutoría directa (art. 45 CP).
  • Modalidad: Los crímenes se habrían cometido con extrema violencia, utilizando una maza de 3 kilos y una cuchilla tramontina, causando lesiones vasculares cervicales graves y politraumatismos craneales mortales.
  • Contexto: Los hechos ocurrieron entre las 22:00 del 12/01/2024 y las 00:00 del 13/01/2024 en el domicilio de Lobos en Capitán Bermúdez.
  • Se le atribuye que minutos antes de la medianoche del 13 de enero, Eber Ramos fue a la casa de Alexis Lobos a recoger 4.000 dólares que le había prometido a cambio de 4.400.000 pesos. Ramos, junto con Luciano P., le había llevado el dinero a su casa a las 20 horas del 12 de enero. Se alega que Ramos atacó a Alexis L. de la misma manera que a Ochoa y Saucedo, causándole la muerte con lesiones similares.

Nueva calificación para Luciano Gastón Palacios

Se lo acusa de “Encubrimiento por Favorecimiento Real y Receptación Dolosa Agravada” (art. 277 incs. 1 y 3 del CP), por haber actuado después del crimen para ocultar pruebas y beneficiar a Lobos.uciano Gastón Palacio es acusado de haber cometido los delitos de encubrimiento por favorecimiento real y receptación dolosa agravado, debido a su participación en los hechos ocurridos el 13/01/2024 en Capitán Bermúdez. Se le atribuye haber tomado un teléfono celular marca iPhone 13 de propiedad de Eber Ramos, el cual se encontraba en el patio del domicilio de Alexis Lobos, y haberlo hecho desaparecer. Además, se le acusa de haber adquirido y ocultado una motocicleta marca Honda Wave color blanca en el domicilio de sus padres, ubicado en calle Los Inmigrantes N° 73 de Capitán Bermúdez. Esta motocicleta había sido utilizada por Santiago Ochoa y Emiliano Saucedo para trasladarse hasta el domicilio de Alexis Lobos el día anterior.

Estas acciones fueron realizadas después de que Alexis Lobos asesinara a Santiago Ochoa, Emiliano Saucedo y Eber Ramos con una maza y una cuchilla, con el fin de apoderarse del dinero que las víctimas le habían entregado y asegurar su impunidad. La conducta de Palacio califica legalmente como encubrimiento por favorecimiento real y receptación dolosa agravado, debido a que el hecho precedente (el homicidio) es un delito especialmente grave. La imputación se basa en múltiples evidencias, incluyendo declaraciones testimoniales, actas de procedimiento, pericias informáticas, inspecciones oculares y análisis forenses

  • Hechos específicos:
    • Robo y ocultamiento del celular (iPhone 13) de Eber Ramos, sustraído del lugar del crimen.
    • Recepción y ocultamiento de la motocicleta Honda Wave utilizada por las víctimas la noche del homicidio, la cual habría escondido en la casa de sus padres.

Pruebas clave presentadas por la Fiscalía

  • Testimonios: Declaraciones de familiares de las víctimas, vecinos y allegados a Lobos y Palacios.
  • Pruebas digitales: Análisis forense de los celulares de los involucrados, que revelarían conversaciones vinculadas a los hechos.
  • Pericias forenses: Informes de autopsia, toxicología y levantamiento de huellas (incluyendo una de Lobos en un vaso con sangre).
  • Pruebas materiales: Filmaciones, fotos del lugar y actas de procedimiento policial.

En el domicilio ubicado en calle 13 de marzo al 300, Santiago Ochoa y Emiliano Saucedo fueron asesinados, presuntamente por Alexis Ezequiel Lobos.

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