Niños en el aula durante el inicio de clases 2026, beneficiarios de la Ayuda Escolar Anual de ANSES.

Ayuda Escolar: el Gobierno pagará un refuerzo extra en marzo

A través del Decreto 115/2026, se estableció un pago adicional para garantizar un piso de $85.000 por hijo. La medida busca aliviar el costo de la vuelta a clases y se acreditará de forma automática.

En pleno inicio del ciclo lectivo en todo el país, el Gobierno Nacional confirmó un alivio clave para la economía familiar. Mediante el Decreto 115/2026, publicado esta madrugada en el Boletín Oficial, se dispuso la implementación de un refuerzo extraordinario de la Ayuda Escolar Anual.

Esta decisión busca equilibrar el impacto económico que supone la compra de materiales, uniformes e insumos básicos, asegurando que el beneficio no quede desfasado frente a los costos actuales del regreso a las aulas.

¿Cómo se cobra la Ayuda Escolar Anual con el nuevo refuerzo?

La dinámica de este beneficio es similar a la de los bonos otorgados a sectores previsionales. El refuerzo consistirá en abonar la diferencia entre los $85.000 y el valor base que resulte de la asignación anual determinada para este ciclo lectivo.

De esta manera, el Estado consolida un piso de ingresos garantizado para quienes perciben la Ayuda Escolar Anual. Es fundamental tener en cuenta los siguientes puntos operativos:

  • Pago automático: No es necesario realizar trámites extra; se acreditará directamente en la cuenta del beneficiario a través de ANSES.
  • Única vez: Se percibirá exclusivamente junto con el calendario de pagos de marzo de 2026.
  • Tope de exclusión: Quienes ya perciban un importe igual o superior a $85.000 no recibirán este adicional.

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Quiénes acceden al beneficio y requisitos

La medida alcanza a un amplio universo de la seguridad social:

  • Trabajadores en relación de dependencia y Monotributistas.
  • Beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo (AUH) y Asignación por Embarazo.
  • Jubilados, pensionados y titulares de Pensiones No Contributivas (PNC).

Para que el pago quede firme, es requisito que los padres hayan presentado el certificado de concurrencia regular de los menores a establecimientos de enseñanza inicial, primaria, secundaria o diferencial.