
El proyecto de ley de tierras incorpora modificaciones en la compra de tierras rurales por parte de extranjeros, el régimen de expropiaciones y los controles sobre inmuebles ubicados en zonas estratégicas. La iniciativa será tratada por el Senado el próximo jueves.
El Senado de la Nación debatirá el próximo jueves 6 de agosto una reforma de la Ley de Tierras Rurales impulsada por el Gobierno nacional. La iniciativa plantea una serie de cambios en la normativa vigente con el objetivo de modificar las condiciones para la adquisición de campos por parte de personas y empresas extranjeras, además de introducir nuevas disposiciones sobre expropiaciones y reforzar el control en áreas consideradas de interés estratégico.
Según el oficialismo, el proyecto busca brindar mayor seguridad jurídica a las inversiones, proteger el derecho a la propiedad privada y mantener mecanismos de supervisión sobre aquellas operaciones que puedan tener impacto en la seguridad nacional.
Uno de los aspectos más relevantes de la propuesta es la modificación del límite permitido para la propiedad de tierras rurales por parte de extranjeros. El proyecto establece que ese porcentaje pasará del 15% al 25%, un cambio que flexibiliza el régimen vigente, aunque mantiene restricciones para determinados casos.
Además, todas las operaciones deberán quedar registradas en los organismos inmobiliarios de cada provincia, donde también deberá constar la nacionalidad del comprador. Cuando intervengan empresas con participación estatal extranjera, será obligatorio contar con las autorizaciones previstas por la legislación.
La iniciativa también ratifica que las provincias continúan siendo titulares del dominio originario sobre sus recursos naturales, por lo que conservarán la facultad de autorizar, regular o rechazar operaciones vinculadas con tierras rurales dentro de sus respectivos territorios.
El proyecto mantiene la prohibición para que los Estados extranjeros adquieran tierras rurales en la Argentina. Esa limitación también alcanzará a empresas con participación estatal extranjera, salvo que obtengan una autorización expresa tanto de la provincia correspondiente como del Poder Ejecutivo Nacional.
En el caso de los inmuebles ubicados en zonas de seguridad de frontera, continuará vigente un régimen especial de control. Allí, cualquier operación deberá ser evaluada teniendo en cuenta aspectos relacionados con la defensa nacional y la protección de áreas estratégicas.
La iniciativa también incorpora modificaciones sobre las expropiaciones. El texto establece que toda declaración de utilidad pública deberá interpretarse de manera restrictiva y estar debidamente fundamentada.
Asimismo, dispone que cada expropiación deberá identificar con precisión el objetivo perseguido y demostrar que la medida resulta necesaria, razonable y proporcional para alcanzar ese fin.
Respecto de las indemnizaciones, el proyecto contempla que el propietario reciba el valor objetivo del inmueble, tomando como referencia el valor de mercado cuando sea posible determinarlo, además de los daños directos derivados de la expropiación.
También incorpora la posibilidad de reconocer el lucro cesante cuando el afectado pueda acreditar un perjuicio económico concreto, aunque fija como criterio general un límite equivalente al 30% del daño emergente, salvo que existan pruebas que justifiquen una compensación superior.
El proyecto será debatido en el Senado durante la sesión prevista para el 6 de agosto, donde el oficialismo intentará obtener el respaldo necesario para avanzar con una de las reformas incluidas en su agenda legislativa.