
La Pensión Universal para el Adulto Mayor está destinada a personas de 65 años o más que no cuentan con una jubilación o pensión. Con el aumento correspondiente a agosto y el bono extraordinario, el ingreso informado para el mes alcanza los $405.820.
La PUAM de ANSES tendrá en agosto de 2026 un nuevo monto como consecuencia de la actualización de los haberes previsionales. Esta prestación está dirigida a adultos mayores que cumplen determinados requisitos y no acceden a una jubilación tradicional.
Para este mes, los haberes recibieron un incremento del 1,9%, correspondiente al mecanismo de movilidad que toma como referencia la evolución del Índice de Precios al Consumidor (IPC).
Con la actualización, el haber de la Pensión Universal para el Adulto Mayor se ubica en $335.820. A esa cifra se agrega el bono extraordinario de $70.000, por lo que el ingreso total informado para quienes perciben el refuerzo alcanza los $405.820.
La PUAM equivale al 80% del haber mínimo jubilatorio y se actualiza de acuerdo con el régimen de movilidad vigente.
En agosto, los valores informados son:
El monto final dependerá de que el beneficiario se encuentre alcanzado por las condiciones establecidas para percibir el refuerzo.
ANSES organiza el cronograma de cobro según la terminación del DNI de cada beneficiario.
Las fechas informadas para agosto son:
De esta manera, los pagos se distribuyen a lo largo del mes según el número final del documento.
La Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM) es una prestación destinada a personas de 65 años o más que no cuentan con una jubilación o pensión.
El beneficio permite garantizar un ingreso previsional a quienes cumplen con las condiciones exigidas para acceder a la prestación.
Además del haber mensual, los titulares de la PUAM cuentan con cobertura de salud a través de PAMI y pueden acceder a determinadas asignaciones familiares, siempre que reúnan los requisitos correspondientes.
Para solicitar esta prestación se deben cumplir una serie de condiciones.
Entre los principales requisitos se encuentran:
Quienes ya cobran una jubilación o pensión deben tener en cuenta las incompatibilidades establecidas para acceder a esta prestación.