
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió en todo el territorio argentino los productos para uso humano que declaren contener retatrutida, una sustancia que todavía se encuentra en etapa de investigación clínica.
La decisión fue oficializada mediante la Disposición N° 6140/2026 y alcanza al uso, comercialización, publicación y distribución de estos productos, incluidos aquellos que se ofrecen a través de plataformas de venta por internet.
La prohibición comprende todos los lotes, tamaños y presentaciones que contengan “retatrutide” o “retatrutida” y se mantendrá vigente hasta que cuenten con la correspondiente autorización de ANMAT.
Según explicó el organismo, actualmente no existen en Argentina especialidades medicinales autorizadas ni comercializadas legalmente que contengan esta sustancia. La retatrutida continúa siendo estudiada en ensayos clínicos por sus potenciales efectos en personas con diabetes tipo 2 y dificultades en el control de la glucemia.
La intervención de ANMAT comenzó a partir de una denuncia recibida por correo electrónico, en la que se advirtió que al menos dos sitios web estaban ofreciendo productos que aseguraban contener retatrutida.
Al analizar el caso, el organismo determinó que esos productos no cuentan con registros que permitan comprobar su origen, elaboración o fiscalización sanitaria. También tuvo en cuenta que organismos regulatorios de Brasil y Paraguay ya habían emitido alertas por la comercialización de productos que incluían esta sustancia.
Ante esta situación, ANMAT resolvió impedir su circulación y venta tanto en comercios como a través de plataformas digitales, con el objetivo de evitar que sean adquiridos y utilizados productos que no cuentan con autorización sanitaria.
Además, el organismo amplió una denuncia ante el Juzgado Federal Criminal y Correccional de Lomas de Zamora Nº 2, en una causa denominada “denuncia A.N.M.A.T. – GM distribuidor”. La presentación se realizó a través de la División Delitos contra la Salud de la Policía Federal Argentina.
La disposición aclara que la prohibición no afecta a las investigaciones clínicas que estén expresamente autorizadas por ANMAT.
También inhabilitaron a una droguería por presentar documentación apócrifa
En otra resolución conocida este jueves, ANMAT dio de baja las habilitaciones de Royal Farma S.A. para el tránsito interjurisdiccional de medicamentos, productos médicos y diagnósticos in vitro.
La medida se tomó luego de que se detectara que la firma había presentado un certificado de inscripción apócrifo en procesos licitatorios de la provincia de Santa Fe.
La investigación comenzó a partir de una consulta realizada por la Coordinación General de Proveedores del Ministerio de Economía santafesino, que pidió información sobre la situación de la empresa, que participaba en distintos procesos de contratación pública.
Al revisar la documentación, ANMAT comprobó que el certificado presentado no era auténtico. También detectó que otras habilitaciones de la firma estaban vencidas desde 2020 y 2021 y que no existían registros de trámites para renovarlas.
De acuerdo con el informe del organismo, Royal Farma no estaba habilitada para distribuir medicamentos fuera de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. La empresa ya tenía, además, un antecedente de 2024 relacionado con una denuncia por documentación falsificada.
La firma podrá recurrir la decisión administrativa dentro de los plazos establecidos por la normativa vigente.