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Condenaron a médicos y a una exdirectora del Hospital Provincial por revictimizar a una mujer abusada

Anabela TramontiniJudiciales, Actualidad7 octubre 2026 a las 15:50

La paciente llegó golpeada y ensangrentada, pero fue atendida como si estuviera alcoholizada. La Justicia ordenó una indemnización y capacitación en perspectiva de género para el personal del hospital.

La Justicia de Rosario condenó a tres médicos y a una exdirectora del Hospital Provincial por la atención que recibió una mujer después de sufrir un abuso sexual.  Se trata de la primera sentencia de daños y perjuicios que responsabiliza civilmente a profesionales de la salud por revictimizar a una paciente en estas circunstancias.

El fallo fue dictado por el juez Edgardo Bonomelli, a cargo del Juzgado Unipersonal de Responsabilidad Extracontractual N.º 5. La resolución alcanzó al médico de la ambulancia que la trasladó, a dos profesionales de la guardia y a una exdirectora del hospital.

Los condenados deberán pagar una indemnización por daño moral, más intereses. Además, la sentencia dispuso capacitación en perspectiva de género para todo el personal del Hospital Provincial, en el marco de la Ley Micaela.

El caso ocurrió en la madrugada del 7 de julio de 2019, cuando la mujer,  Gimena C,que también es médica, fue drogada, robada, abusada sexualmente y golpeada en calle Maipú al 2200. Un vecino la encontró tendida en la vía pública, ensangrentada y con la ropa interior rasgada, y llamó a los servicios de emergencia.

El médico de la ambulancia conocía a la víctima porque eran colegas. Sin embargo, registró que estaba alcoholizada y la trasladó sin comunicar una posible situación de violencia sexual. El caso tomó trascendencia luego de que se publicaran los videos del ataque y el agresor fuera detenido y luego llevado a juicio.

En el hospital ingresó con un diagnóstico de intoxicación alcohólica, aunque no se realizó una medición que lo respaldara. Tampoco se activó el protocolo para víctimas de abuso sexual ni se les ofreció anticoncepción de emergencia o medidas para prevenir infecciones de transmisión sexual. La sentencia consideró que permaneció casi diez horas sin una atención adecuada.

La familia se enteró de la internación por el llamado de una desconocida. Cuando su madre llegó, unas seis horas después, la paciente todavía tenía sangre seca en el rostro. Sus familiares pidieron gasas para limpiarla y preguntaron si había sido revisada ante la posibilidad de una violación. Aunque les aseguraron que sí, esa evaluación no quedó registrada en la historia clínica.

Durante el juicio, la entonces directora admitió que los médicos no aplicaron los protocolos “porque consideraron que no había abuso”. También reconoció que las capacitaciones que se había comprometido a realizar nunca se concretaron. Para el juez, hubo “una falla estructural”.

El juez consideró que hubo violencia institucional y que un estereotipo desplazó la posibilidad de investigar un abuso sexual: los profesionales atribuyeron su estado al consumo de alcohol y omitieron la atención que necesitaba.

El agresor fue condenado en la causa penal y cumple prisión efectiva por abuso sexual y robo agravado.

Las abogadas de la víctima, María Victoria San Juan Soria y Paula Temperini, destacaron el carácter reparador de la sentencia después de años de reclamos. San Juan Soria señaló que la primera respuesta del sistema de salud terminó convirtiéndose en una segunda experiencia de violencia para la mujer.

Para Gimena, “la violencia más cruenta” fue la ejercida por sus propios colegas, que la estigmatizaron. La describió como “una violencia institucional que había quedado impune”.

La pericia médica determinó que la atención no agravó las lesiones físicas. Aun así, la condena prosperó por la violencia institucional y la revictimización. Ese es uno de los puntos que la abogada destacó como centrales: el daño sufrido por Gimena debía repararse aunque no hubiera un empeoramiento de sus lesiones.

San Juan Soria impulsó la demanda con ese enfoque y acompañó a Gimena durante un proceso que involucró a cuatro profesionales, dos aseguradoras y un hospital público. “Lo que debía ser la primera respuesta reparadora del sistema de salud se convirtió en una segunda experiencia de violencia”, sostuvo.

Los cuatro condenados deberán pagar una indemnización por daño moral, más intereses, y acreditar la aprobación de la capacitación en género y violencia contra las mujeres prevista por la Ley Micaela.

Después de siete años de reclamos, Gimena expresó: “Siento que ahora sí puedo salir a gritarle al mundo que no fue mi culpa. Siento que mi reclamo fue válido”.

 

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