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EL gobierno nacional dispuso la creación del Consejo Federal Hidrovía y su sede no será Rosario

Se oficializó la creación del Consejo Federal Hidrovía (CFH), a través de su publicación en el Boletín Oficial por medio de la Resolución 307/2020. El flamante Consejo Federal Hidrovía (CFH) estará compuesto por representantes del Ministerio de Transporte, del Ministerio del Interior, y el Ministerio de Desarrollo Productivo, además de representantes de las provincias de Buenos Aires, Corrientes, Chaco, Entre Ríos, Formosa, Misiones y Santa Fe, cada uno como miembro permanente y bajo la presidencia del titular del Ministerio de Transporte. En el artículo 4º de la comunicación, se establece que el Consejo “tendrá su sede operativa en el lugar que se indique en las resoluciones de cada convocatoria de cada reunión plenaria”.

El día 28 de agosto pasado, el presidente Alberto Fernández encabezó, en Puerto San Martín el acto de firma del Acuerdo Federal de la Hidrovía Paraguay-Paraná, junto a los gobernadores Axel Kicillof (Buenos Aires), Omar Perotti (Santa Fe), Gustavo Valdés (Corrientes), Gustavo Bordet (Entre Ríos), Jorge Capitanich (Chaco), Oscar Herrera Ahuad (Misiones) y Gildo Insfrán (Formosa). En ese acto, el primer mandatario nacional había anunciado que la sede del Consejo sería la ciudad de Rosario.

Sin embargo, en el artículo 4 del Boletín Oficial que crea el CFH, se establece que el «CONSEJO FEDERAL HIDROVÍA (CFH) tendrá su sede operativa en el lugar que se indique en las resoluciones de cada convocatoria de cada reunión plenaria».

Se estipuló además la creación del Consejo Federal de Hidrovía, de carácter consultivo, conformado por las siete provincias ribereñas del Río Paraná, y por los ministerios de Transporte, organismos empresarios y gremiales representativos de usuarios y organismos académicos, persiguiendo el fin de dar impulso a la conformación de una sociedad del Estado para la administración, control y la ejecución de obras complementarias a la Hidrovía.

Según fue comunicado, las entidades no gubernamentales, organizaciones sindicales y otros entes u organismos públicos o académicos con interés en la materia, formarán parte de las convocatorias para cada reunión plenaria efectuada.

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