La norma precisa que el IFE será otorgado a las personas que se encuentren desocupadas; se desempeñen en la economía informal; sean monotributistas inscriptos en las categorías A y B; monotributistas sociales y trabajadores y trabajadoras de casas particulares, siempre que cumplan con los determinados requisitos.
El gobierno nacional convalidó el otorgamiento de un nuevo pago de $10.000, a liquidarse este mes en concepto de Ingreso Familiar de Emergencia (IFE), a través del Decreto 511/2020 publicado hoy en el Boletín Oficial.
La norma precisa que el IFE será otorgado a las personas que se encuentren desocupadas; se desempeñen en la economía informal; sean monotributistas inscriptos en las categorías A y B; monotributistas sociales y trabajadores y trabajadoras de casas particulares, siempre que cumplan con los determinados requisitos.
El beneficiario debe ser ciudadana o ciudadano argentino nativa, por opción o naturalizado, residente en el país, o extranjero con residencia legal en la Argentina no inferior a dos años anteriores a la solicitud, y tener entre 18 y 65 años
No puede percibir el o la solicitante o algún miembro de su grupo familiar, si lo hubiera, ingresos por trabajo en relación de dependencia registrado en el sector público o privado; ser monotributistas de categoría C o superiores ni régimen de autónomos; ni recibir prestación por desempleo.
Tampoco deben cobrar el o la solicitante o algún miembro de su grupo familiar, jubilaciones, pensiones o retiros de carácter contributivo o no contributivo, sean nacionales, provinciales, municipales o de la ciudad de Buenos Aires; ni planes sociales, salario social complementario, Hacemos Futuro, Potenciar Trabajo u otros programas sociales nacionales, provinciales o municipales, a excepción de los ingresos provenientes del Progresar.
Quedan exceptuados de todos estos requisitos los titulares de derecho de las asignaciones universales por Hijo (AUH) y por Embarazo (AUE).
La nueva ronda del IFE comenzará a cobrarse a partir del próximo lunes.
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