El gobierno dio a conocer este viernes por la noche las nuevas restricciones a la circulación que regirá desde desde la hora cero de este sábado 26 de junio y hasta el viernes 9 de julio inclusive.
Seguirán restringidas las reuniones sociales, a excepción del grupo conviviente, las reuniones sociales al aire libre de más de diez personas, la práctica deportiva o recretativa de contacto, locales de eventos, juegos infantiles; los casinos, bingos, salones de fiestas.
Funcionamiento de cines, bares, restaurantes, patios de comidas y espacios de juegos infantiles ubicados en centros comerciales, paseos comerciales o shoppings y demás establecimientos comprendidos en el artículo 2° inciso e) apartado 4., de la Ley N° 12069 con asistencia de clientes a los locales; salvo para los bares, restaurantes y demás locales gastronómicos que tuvieran ingresos y egresos exteriores independientes, a los que pueda accederse sin transitar por los espacios interiores de circulación donde se ubican los comercios, sin habilitar corredores internos entre las zonas, a los fines del control efectivo del coeficiente máximo del treinta por ciento (30%) de ocupación de las superficies cerradas.
Cines, teatros, centros culturales, salas y complejos cinematográficos y otros establecimientos afines, incluidos los que funcionen al aire libre.
Realización de eventos culturales y recreativos relacionados con la actividad teatral y música en vivo que impliquen concurrencia de personas en lugares cerrados o al aire libre;
Actividad complementaria en forma presencial de artistas en los bares y restaurantes durante el horario autorizado para su funcionamiento.
Actividad artística y artesanal a cielo abierto, en plazas, parques y paseos. No queda alcanzada por la suspensión dispuesta en el presente inciso la actividad de las ferias francas de comercialización de productos alimenticios. Actividad hípica en hipódromos. No quedan alcanzadas por la suspensión las actividades de cuidado y entrenamiento de los animales.
Asambleas y actos eleccionarios de personas jurídicas públicas y privadas, en forma presencial. Solo podrán realizarse en forma remota.
Pesca deportiva y recreativa en la modalidad desde costa y embarcados, actividades de los clubes deportivos vinculados a las mismas y de las guarderías náuticas, a los fines del retiro y depósito de las embarcaciones.) Navegación recreativa o deportiva, en cualquier tipo de embarcación.
Se mantiene el horario de la actividad del comercio mayorista y minorista, con atención al público en los locales, hasta las 19. Hasta esa hora pueden funcionar con público los gastronómicos, y luego, hasta las 23, con delivery o take away.
La circulación vehicular en la vía pública sigue desde las 6 y hasta las 20. A partir de ahí, sólo se permitirá la circulación de quienes realicen actividades esenciales.
También, seguirán funcionando gimnasios, natatorios y establecimientos afines en espacios al aire libre, por turnos y en grupos de hasta diez (10) participantes.
El decreto completo
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