Cómo se desarrollarán las actividades desde el lunes en la provincia

El gobernador de la provincia de Santa Fe dirigió un mensaje a toda la población en el marco de las medidas tendientes a frenar los contagios en la segunda ola del coronavirus. Qué actividades están permitidas y cuáles no.

La provincia de Santa Fe vuelve a partir de este lunes a poner en funcionamiento un esquema de aperturas parciales de actividades, en sintonía del decreto provincial que regía antes de los últimos anuncios del presidente Alberto Fernández. Desde el próximo lunes 31 de mayo y hasta el viernes 4 de junio regirá en todo el territorio provincial el siguiente esquema: 

>> Circulación: prohibida para los vehículos particulares desde las 18 hasta las 6 de la mañana del día siguiente y solo se podrá circular con una autorización para la actividad laboral habilitada o para casos de fuerza mayor, como por ejemplo acudir al médico para un control o un estudio particular.  Para las actividades habilitadas, se indica concurrir a los lugares de cercanía, evitando el uso de vehículos particulares. 

>> Comercios: van a poder abrir sus puertas hasta las 17 y hasta las 19 los de venta de alimentos. O sea que, a diferencia de la semana pasada, los clientes van a poder ingresar a los locales con todas las medidas de cuidado por la pandemia y con el aforo correspondiente. Siguen cerrados los shoppings y centros comerciales.

>> Gastronomía: los bares y restaurantes van a poder atender a sus clientes desde las 6 de la mañana y hasta las 19. Fuera de ese horario, van a poder trabajar con delivery o modalidad take away. En este caso, se hace la salvedad que es hasta el viernes 4 de junio, porque le fin de semana del 5 y 6 de junio vuelven las restricciones más duras de Nación y no podrán abrir. 

>> Clases: deberán continuar en forma virtual. La diferencia la semana próxima con la anterior es que los y las docentes podrán concurrir a los establecimientos educativos, ya sea para cumplir con otras tareas (sobre todo en escuelas con comedores u otras funciones sociales y barriales) o dar clases virtuales desde la escuela. 

Actividades suspendidas
  • Reuniones sociales en domicilios particulares, salvo para lso convivientes, y también al aire libre en espacios públicos. 
  • Práctica recreativa de deportes grupales de contacto tanto en espacios cerrados como al aire libre.
  • Funcionamiento de clubes, natatorios, gimnasios y establecimientos afines, incluidas las canchas de fútbol 5. 
  • Locales de eventos o fiestas infantiles, conocidos como peloteros. 
  • Competencias deportivas provinciales, zonales o locales, tantos profesionales como amateurs.
  • Realización de eventos religiosos, tanto públicos como privados, en espacios cerrados y al aire libre. 
  • Discotecas, salones de eventos y de fiestas.
  • Salas de juego, casinos y bingos.
  • Locales comerciales, cines, bares, restaurantes, patios de comidas y juegos infantiles en shoppings, centros comerciales y paseos comerciales. 
  • Cines, teatros, centros culturales, salas y complejos cinematográficos y afines, incluidos con funcionamiento al aire libre.
  • Actividad de artistas en bares y restaurantes.
  • Actividad artística y artesanal a cielo abierto en plazas, parques o paseos. Quedan afuera de la suspensión las ferias francas de comercialización de alimentos. 
  • Actividad hípica en hipódromos. 
  • Asambleas y actos eleccionarios. 
  • Pesca deportiva y recreativa. 
  • Navegación deportiva o recreativa. 
Con modalidad de teletrabajo

Siguen bajo la modalidad de trabajo remoto o home office las siguientes actividades: profesiones liberales, incluidos mandatarios, corredores y martilleros habilitados (no están comprendidos los profesionales de la salud y el notariado para trámites que requieran sí o sí la presencialidad); actividad inmobiliaria y aseguradora; administrativas de sindicatos, entidades gremiales, entidades deportivas y civiles, obras sociales y de universidades nacionales; actividades administrativas de empresas industriales, de la construcción, comerciales o de servicios.  

El decreto
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