El bloque acusador no se puso de acuerdo con la calificación del hecho y con la pena solicitada para Mauro Nicolás Díaz, el joven que atropelló y mató a Santiago Calzada en Dorrego y Richieri tras pasarse un control policial y conducir temerariamente el 4 de junio de 2023, sin licencia de conducir, sin seguro y con 0.79 g/l de alcohol en sangre. El Juez Romanini aceptó el pedido del fiscal Balbis y rechazó el de la querella, por lo que solicitó un cuarto intermedio hasta que haya una pronunciamiento de que adquiera firmeza la postura de la Fiscalía o que la Cámara resuelva la queja de la querella.
El Juez de Primera Instancia Dr. Romanini tuvo por formalizada la audiencia, teniendo por aceptadas las pruebas ofrecidas por las partes para rendir en juicio, admitiendo la acusación formulada por la Fiscalía. El fiscal Balbis lo acusó por el delito Homicidio culposo en accidente de tránsito agravado, en carácter de autor; solicitando la pena de 6 años de prisión efectiva.
Los hechos achacados por la fiscalía y la querella ocurrieron el 4 de octubre a las 2hs cuando Mauro Díaz conducía el vehículo Volkswagen Gol Trend color rojo por la Av. San Martín intersección Dr. Ghío, evade el control policial cuando le solicitaron que se estacione debidamente para su identificación.
En dicho momento inició una veloz huida, sobrepasó el semáforo allí emplazado mientras se encontraba con la luz roja y giró hacia la izquierda en dirección a Dr. Ghío. Por calle Dr. Ghío circuló en contramano a alta velocidad durante al menos 100mts hasta llegar a la intersección de calle General López. En calle General Lopez giró hacia la derecha y condujo hasta Richieri, calle por la que circuló al menos 200mts hasta cruzar Av. Dorrego sin aminorar su marcha, impactando al vehículo Honda Wave de color blanco que conducía Diego Santiago Calzada que circulaba por Av. Dorrego en dirección Norte-Sur.
Como consecuencia del impacto ocasionado por el rodado VW Gol Trend rojo la víctima falleció en el Hospital Eva Perón a consecuencia de politraumatismos. Las conductas endilgadas a Mauro Díaz en la conducción del VW Gol Trend rojo llevaron adelante sin estar debidamente autorizado para la conducción de cualquier tipo de automóvil por carecer de licencia de conducir y seguro automotor para circular, violando el deber de circular con cuidado y prevención, el debe de conducir encontrándose debidamente habilitado al efecto, el deber de abstenerse de cualquier vía semaforizada ante luz roja. Además los informes de laboratorio señalaron que tenía 0.79 g/L de alcohol.
Entre las evidencias, el fiscal aportó el testimonio de los policías que intentaron detener la marcha de Díaz, quien circulaba con su novia; peritos, informes de laboratorio y autopsia, relevamiento de cámaras de seguridad y otros miembros de las fuerzas de seguridad que estuvieron en el lugar del hecho.
Para la querella, los hechos y la evidencia coinciden con los del Fiscal Aquiles Balbis pero difieren en la calificación legal, el Dr. Marcos Cella pidió que se lo impute por homicidio simple con dolo eventual solicitando 15 años de prisión efectiva.
Santiago Calzada
La Defensa no se opuso al pedido de Balbis pero silo hizo al pedido de la querella en cuanto a la calificación. “La querella basa su acusación en el incumplimiento de deberes de cuidado, que violó los deberes de precaución y describe los deberes violados. Al ver los videos (del hecho) vemos que mi cliente que el único deber de precaución que se puede considerar violado, es el de exceso de velocidad, este sería el único deber de cuidado que tiene un nexo de determinación con el resultado; vemos que el hecho se produjo en Dorrego y Richieri y según lo manifestado por el bloque acusador en cuanto dobló en contramano por Ghío y no habría respetado un semáforo en rojo, o cuando evade al ser interceptado por el personal policial, hizo 100 mts en contramano, luego tomó General López la tomó por la mano que correspondía y de igual manera Richieri y en el video se ve que cuando dobla a la izquierda por General López y toma Richieri se detuvo y se lo ve en un semáforo antes. No vamos a decir que era prudente la velocidad a la que conducía, pero que pasar un semáforo en rojo y agarrar en contramano no tiene una relación causal cierta con el resultado con la muerte”, replicó la Dra. Cañavate.
Para la querella “Diaz ponderó no perder el vehículo, y escapar, cada una de los agravantes, en este caso se fueron acumulando una tras otra, con una conducción excesiva, cruzar en rojo, escapar de la policía con 0.79 g/l de alcohol, claramente el señor Díaz se puso en esa situación descartando la vida de las personas y el hecho de que pueda ocurrir”.
El juez Eugenio Romanini sostuvo que hay dos posturas, la fiscalía por homicidio culposo y la querella por homicidio culposo con dolo eventual, y que la imputación debe ser por homicidio culposo agravado rechazando el pedido de la querella. Pero solicitó un cuarto intermedio, porque la querella puede quejarse de las argumentaciones ante la cámara porque el pronunciamiento del juez es susceptible de ser recurrido ante la Cámara: “A fin de no prejuzgar la prueba entiendo que corresponde un pronunciamiento adquiera firmeza o la Cámara decida lo contrario”.
En cuanto a la medida cautelar, Díaz continuará en prisión preventiva hasta el juicio.
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