Monotributo: quiénes y por cuánto tiempo dejarán de pagar el componente impositivo de este régimen

A través de una Resolución General de la AFIP, publicada hoy en el Boletín Oficial, se oficializó una de las medidas anunciadas por el ministro Sergio Massa.

Según explicó el experto en impuestos Sebastián Domínguez, “la prórroga aplica para los períodos de septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2023, así como a enero y febrero de 2024″.

“En la práctica, el diferimiento tiene un escaso efecto en el bolsillo de los monotributistas ya que postergarán el pago de los siguientes valores mensuales”, indicó.

“Incluso, no tiene efecto para los monotributistas de las categorías A y B que ya están exceptuados de pagar el componente impositivo al no tener ingresos por: trabajo en relación de dependencia, cargos públicos, jubilaciones, pensiones o retiros; dirección, administración o conducción de sociedades; locación de bienes muebles o inmuebles; y prestaciones e inversiones financieras, compraventa de valores mobiliarios y de participaciones en las utilidades de sociedades con determinadas condiciones”.

“Conforme esta medida, durante los períodos septiembre 2023 a febrero 2024, los monotributistas solo deberán abonar las cotizaciones previsionales y, en su caso, el importe fijo correspondiente al Régimen Simplificado del Impuesto sobre los Ingresos Brutos y la contribución municipal y/o comunal de las provincias adheridas al “Sistema Único Tributario”, afirmó.

Los nuevos plazos de vencimiento
SD en base a la AFIPLos nuevos plazos de vencimiento SD en base a la AFIP

“Durante este período, el pago de las cuotas del monotributo se puede continuar realizando a través de diversas modalidades, como el Volante Electrónico de Pago (VEP), código de respuesta rápida “QR,” débito directo en cuenta bancaria, débito automático mediante tarjeta de crédito, débito en cuenta a través de cajeros automáticos y otras plataformas de pago electrónico”, aclaró Domínguez.

“También se establece el procedimiento para quienes paguen en forma presencial en entidades habilitadas que no tengan adecuado el sistema a este diferimiento”, precisó.

“Respecto a la devolución anual del componente impositivo por cancelar las cuotas por débito automático en tarjeta de crédito o en cuenta bancaria, se establece una excepción para el año 2023, permitiendo el acceso al beneficio, en caso de que los contribuyentes hayan abonado el impuesto integrado y las cotizaciones previsionales durante al menos ocho períodos mensuales mediante esas modalidades de pago”.

De esta forma, “se considerará para el cálculo proporcional del importe a reintegrar la cantidad de meses del año calendario en los que hayan abonado los conceptos mencionados precedentemente”.

Las cuotas postergadas
SD en base a la AFIPLas cuotas postergadas SD en base a la AFIP

“Se espera que el Gobierno incluya en la Ley de Presupuesto 2024 un artículo que condone el componente impositivo de los períodos septiembre 2023 a febrero 2024 convirtiendo este endeudamiento por la prórroga en una liberación del pago”, indicó el tributarista.

Además, para todos los monotributistas, el ministro anunció el acceso a créditos por hasta 4 millones de pesos, dependiendo de la categoría, a pagar en 24 cuotas a la mitad de la tasa bancaria con garantía 100% del Estado.

“Y ponemos en marcha el monotributo productivo para la incorporación a la economía formal de los trabajadores independientes”, dijo Massa en un mensaje que difundió por las redes Instagram y Twitter. De este modo, concluyó, también estos trabajadores, hoy en negro, podrán acceder a los beneficios anunciados.

(Con información de Infobae)

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