
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) extendió de manera excepcional los plazos para la presentación y el pago de las declaraciones juradas del Impuesto a las Ganancias y Bienes Personales del período fiscal 2025. A través de la Resolución General 5851, el organismo unificó las fechas límites hacia finales de julio, otorgando un importante alivio al calendario fiscal y postergando el vencimiento de Ganancias para el beneficio de los contribuyentes.
Con esta prórroga de ARCA, los contribuyentes obtienen un mes adicional para regularizar sus obligaciones respecto al cronograma habitual. La nueva fecha límite para la presentación de las declaraciones juradas y el pago del saldo resultante de Ganancias, Bienes Personales e Impuesto Cedular quedó establecida para el 27 de julio. Por su parte, las declaraciones juradas de carácter informativo podrán ingresarse hasta el 31 de julio inclusive.
La medida se acopla a las facilidades del nuevo marco normativo, que introduce un esquema de Declaración Jurada Simplificada de Ganancias para individuos con ingresos anuales de hasta $1.000 millones y patrimonios que no superen los $10.000 millones; en este sistema, ARCA confecciona el borrador de manera automática según sus registros.
Además, se actualizaron con fuerza los pisos económicos que encuadran los delitos tributarios: el límite mínimo para la evasión simple se elevó a $100 millones, mientras que para la evasión agravada pasó a $1.000 millones, habilitando también la extinción de la acción penal para aquellos deudores que cancelen el total de su obligación antes de una denuncia judicial.