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    Se reprogramó la audiencia preliminar al juicio con policías acusados por la muerte de Juan Cruz Vitali, víctima de un probable caso de gatillo fácil

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Se reprogramó la audiencia preliminar al juicio con policías acusados por la muerte de Juan Cruz Vitali, víctima de un probable caso de gatillo fácil

Anabela TramontiniActualidad, Judiciales, Portada2 julio 2026 a las 12:26

Audiencia judicial por el caso Juan Cruz Vitali en los Tribunales Provinciales de San Lorenzo.

Esta semana se realizó la audiencia preliminar al juicio por el crimen de Juan Cruz Vitali, asesinado alrededor de las 6 de la mañana de mayo de 2019, mientras intentaba ingresar a la casa de una tía, ubicada en Montevideo al 400 de Capitán Bermúdez. Instantes previos a ese desenlace, el joven había eludido un control de alcoholemia mientras iba con su novia a bordo de un Volkswagen Fox negro. La audiencia se reprogramó y la Fiscalía deberá presentar las pruebas, así como también las defensas de tres de los policías acusados.

Lo que comenzó como un simple control de alcoholemia a las 6 de  la mañana terminó con el joven Juan Cruz Vitali (23) muerto de un disparo en la nuca, perseguido dentro de la casa de su tío por un agente de la Unidad Regional XVII. Sin embargo, en la audiencia celebrada ante el juez Carlos Andrés Gazza, el foco no solo estuvo en la brutalidad del hecho, sino también en la inoperancia procesal del Ministerio Público Fiscal, que llegó a la sala sin haber presentado una sola prueba de cargo.

Aquella madrugada, Vitali circulaba a bordo de un VW Fox negro, propiedad de su familia, junto a su novia, Florencia. La pareja regresaba del boliche Fulana Summer Club cuando, al llegar al control vehicular montado en Chacabuco y avenida San Lorenzo, decidió no detenerse. Esquivaron el operativo, derribaron los conos de señalización y continuaron su marcha, desatando así una reacción desmedida por parte de los efectivos de la Unidad Móvil Nº 6736.

Lejos de limitarse a labrar una infracción, los uniformados emprendieron una persecución a alta velocidad que los testigos calificaron como “una cacería”. El acoso terminó en la intersección de las calles 2 de Abril y General López, donde dos móviles policiales lograron acorralar al Fox negro. Tres agentes bajaron armados y abrieron fuego contra el vehículo, impactando al menos cuatro veces la carrocería. Aterrorizado por la violencia desplegada, Vitali logró zafarse del cerco y continuó la huida.

El escape desesperado concluyó en Montevideo 449, la vivienda del tío del joven. Vitali saltó del auto y se refugió en el interior de la propiedad. Pero el agente Sergio Di Franco no dudó en ingresar tras él. Según la acusación, mientras el joven corría por un patio interior intentando ponerse a salvo, el policía efectuó dos disparos por la espalda. Uno de los proyectiles impactó de lleno en la nuca de Vitali, provocándole la muerte en el acto.

El relato del encubrimiento

El abogado querellante, Dr. Guillermo Campana, quien representa a la familia de la víctima, fue contundente al describir lo que ocurrió después del homicidio. En diálogo con este medio, Campana aseguró que se activó “el protocolo de encubrimiento”, una maniobra que ya derivó en una investigación penal paralela contra otros dos agentes, uno de los cuales, Gustavo Spoleti, ya fue condenado mediante un juicio abreviado a tres años de prisión condicional. El letrado presentó la acusación en agosto del año pasado contra los policías.

Presentan acusación por el homicidio de Juan Cruz Vitali en Capitán Bermúdez

“Se intentó construir el relato de que los disparos fueron accidentales, producto de un forcejeo entre Di Franco y Juan Cruz. Pero la evidencia física y las pericias demuestran que fue un claro caso de gatillo fácil. Se trata de un hecho de extrema gravedad institucional que exige reparación y sanción ejemplar para los responsables”, denunció el letrado.

 La audiencia y el “no” al sobreseimiento

Mientras la familia exige justicia, el expediente avanzó lento en estos siete años. En la audiencia de este miércoles, el juez Carlos Gazza consultó al fiscal Jose Luis Caterina por qué no había presentado prueba alguna en relación al delito de homicidio agravado por el uso de arma de fuego. Caterina se justificó alegando que tomó conocimiento del legajo recientemente y que le resultó imposible cumplir con los plazos. Antes de Caterina, la causa era investigada por los fiscales Luis Sciappa Pietra y Matías Edery.

Esta excusa generó la inmediata reacción de las defensas. Los doctores Corvalán y Abdala, representantes de los imputados, los policías Di Franco y De Vico, respectivamente, solicitaron que se declare la preclusión del derecho del MPA y, en consecuencia, el rechazo de la acusación y el sobreseimiento de sus pupilos. “No es admisible que el fiscal no cumpla con la obligación mínima de presentar prueba en término”, esgrimió Corvalán, quien además pidió que la Auditoría del MPA investigue la actuación de Caterina.

Previamente, las defensas Travesaro por el policía Jorge Quintana, y Ríos Artacho, por la defensa de Gonzalo “El Chino” Paz, exjefe de la Unidad Regional XVII, también habían justificado su propia demora argumentando que necesitaban ver primero la prueba de la fiscalía para poder ofrecer la suya, un argumento que el juez escuchó, pero no eximió de responsabilidad.

La resolución del magistrado

Luego de un extenso debate, el juez Gazza dictó su veredicto en tres puntos: rechazó el pedido de sobreseimiento, ordenó que tanto el MPA como las defensas que incumplieron los plazos presenten la totalidad de la prueba ante la Oficina de Gestión Judicial (OGJ) antes del 24 de julio, y aceptó la reserva de derechos constitucionales planteada por los abogados, dejando a salvo futuras apelaciones por el derecho a un plazo razonable.

El crimen de Juan Cruz Vitali destapó toda una red de encubrimiento entre policías y políticos. Di Franco había sido imputado, cuando era el jefe de la Agrupación Cuerpos de la Unidad Regional XVII, y le dictaron prisión preventiva. La fiscal Melisa Serena le atribuyó el delito de “homicidio calificado por el uso de arma de fuego y agravado por ser miembro de la fuerza de seguridad”. Sin embargo, recuperó la libertad ese mismo año. También había sido detenido el policía Ariel De Vico quien también fue imputado en libertad.

La fiscal Melisa Serena acordó la libertad de Di Franco con su defensa particular, lo que generó fuertes críticas y una auditoría interna del Ministerio Público de la Acusación (MPA) en su contra, que luego fue archivada.

 

El Dr. Guillermo Campana, señaló a este medio: “Hay dos causas que se acumularon,  una es por el homicidio donde están imputados Di Franco y De Vico y en la otra hay dos policías imputados por encubrimiento que son Paz y Quintana, mientras Spoletti ya firmó un abreviado. Lo que ocurrió es que dentro de la Fiscalía la causa de homicidio la tenía un fiscal  que se la reasignaron a los que tenían la de encubrimiento, pero esto ocurrió dos o tres  días antes del vencimiento del plazo para presentar lo que se conoce como minuta de prueba, el listado de pruebas para ir al juicio. La Fiscalía solicitó que se extienda el plazo para presentar las pruebas; tanto la querella como la defensa de Di Franco sí las presentaron, pero las otras defensas no la presentaron, argumentando que si la Fiscalía no lo hacía, ellos tampoco iban a hacerlo. Por eso el juez dio la fecha del 24 de julio para que se presenten todas las pruebas y luego se programe la fecha de audiencia, donde se van a discutir las acusaciones, la prueba y los planteos, además de las medidas cautelares que vamos a presentar la Fiscalía como la querella, que es la prisión preventiva para todos los acusados”.

¿De qué están acusados los cuatro policías? 

En mayo de 2021, se produjo la detención de los policías Quintana, Paz y Spoletti por encubrimiento y fueron imputados, Los efectivos mantuvieron su libertad hasta la fecha.

Sergio Di Franco: homicidio agravado y calificado por el uso de arma de fuego en carácter de autor y en grado de consumado (art. 80 inc. 9, 41 bis primer párrafo y art. 45, todos del CP) en concurso real con el delito de abuso de armas (art. 104 del CP) en calidad de autor.
Ariel De Vico: abuso de arma calificado (art. 104 y 105, esto último en función del art. 80 inc. 9, todos del Código Penal) en carácter de autor y en grado de consumado.
Jorge Quintana y Gonzalo Paz: abuso de autoridad y encubrimiento agravado, en concurso ideal (Arts. 248, 277 Incs. 1, ap. “a” y 3, ap. “a” y “d”, 45 del Código Penal).

 

 A Jorge Quintana,se lo acusa de que cuando era  jefe de la División Criminalística de la PDI, le pidió a Julio Erbetta (de la sección Balística) que cambiara una vainilla para vincular el disparo al arma de otro agente. Erbetta fue quien denunció el hecho, dando inicio a la investigación.

Por su parte,  a Gonzalo Paz (jefe de la URXVII)  se le achaca haber coordinado con Spoleti para entregar documentación confidencial a los abogados de Di Franco sin autorización fiscal. Además, organizó reuniones para alinear el informe de reconstrucción de la PDI con la defensa de Di Franco.

 

 

 

  • CAPITAN BERMUDEZ
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  • Juan Cruz Vitali
  • Sergio Di Franco

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