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El Gobierno intimó por medio de la Prefectura a los prácticos para forzar la reanudación del servicio en los puertos

Silvana PaganiPortadaGremiales3 agosto 2026 a las 09:21

Tras el freno por tiempo indeterminado dispuesto por los especialistas encargados de guiar los barcos en rechazo al Decreto 690/2026, las autoridades notificaron individualmente a los profesionales bajo la advertencia de iniciarles causas penales y quitarles las licencias.

El conflicto derivado de la desregulación del transporte fluvial se profundizó este fin de semana en los principales nodos portuarios y agroexportadores del país. Luego de que los prácticos, pilotos y baqueanos de todo el territorio nacional decidieran suspender de forma concertada la atención a bordo de los buques por tiempo indeterminado, el Gobierno nacional desplegó a la Prefectura Naval Argentina para enviar intimaciones individuales e exigir la reactivación inmediata de las tareas.

La medida de fuerza, iniciada tras la entrada en vigencia del Decreto 690/2026 firmado por el presidente Javier Milei y el ministro de Desregulación Federico Sturzenegger, paralizó la maniobra de ingreso, salida y navegación de barcos de gran tamaño en la Hidrovía y los canales de acceso a los puertos.

¿Qué es un práctico y qué cambia con la nueva norma?

Los prácticos son los capitanes expertos y locales que se suben a los barcos mercantes (tanto de bandera argentina como extranjera) para asesorar a sus capitanes durante el paso por ríos, canales y zonas peligrosas de los puertos. Por las condiciones complejas de las vías navegables argentinas, su contratación siempre ha sido obligatoria para evitar encallamientos o accidentes.

El nuevo decreto busca reducir el denominado “costo argentino” en el comercio exterior mediante los siguientes puntos centrales:

  • Registro abierto: Elimina trabas para el ingreso de nuevos profesionales a la actividad.

  • Libre contratación: Permite a las empresas navieras elegir a qué prestador contratar de forma directa.

  • Tope a las tarifas: Faculta a la Agencia Nacional de Puertos y Navegación (ANPYN) a fijar precios máximos para cobrar por el servicio.

  • Excepciones de uso: Permite que determinados capitanes extranjeros puedan declarar bajo juramento que conocen el río y así navegar sin la obligación de contratar a un práctico local.

El reclamo del sector y la respuesta oficial

Desde las entidades que agrupan a estos profesionales rechazaron de plano la medida al sostener que se pone en riesgo la seguridad de la navegación, el cuidado del medio ambiente y la vida de las tripulaciones. Cuestionan principalmente que se habilite a capitanes extranjeros a navegar ríos complejos mediante una simple declaración jurada y anticiparon que recurrirán a la Justicia Federal para pedir la nulidad de la norma, además de denunciar penalmente a los funcionarios firmantes.

En respuesta al freno de la actividad, el Ministerio de Seguridad y el Ministerio de Desregulación ordenaron a la Prefectura notificar a cada especialista en sus domicilios y puestos de trabajo. En las intimaciones se remarca que el servicio de guía de barcos está encuadrado como un servicio público regulado por la Ley de Navegación N° 20.094.

Bajo esa base legal, el Poder Ejecutivo advirtió que la interrupción no justificada de las tareas representa una falta grave que puede derivar en:

  1. Denuncias penales por entorpecimiento del transporte y la navegación.

  2. Sumarios administrativos orientados a suspender o cancelar de forma definitiva las licencias habilitantes para trabajar.

Primeras consecuencias en el comercio exterior

La parálisis de las maniobras ya comenzó a hacerse sentir en las terminales portuarias. Múltiples buques de carga pesada debieron quedar amarrados o fondeados en zonas de espera sobre los ríos a la espera de ser guiados, provocando demoras en la logística de exportación de granos y en el abastecimiento industrial y energético nacional.

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