
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) confirmó este lunes una nueva actualización del monotributo 2025, con aumentos del 15% al 16% en los ingresos máximos permitidos por categoría, así como también en los montos mensuales a pagar. La medida fue publicada en el Boletín Oficial a través de la Resolución General 5495/2025 y busca adecuar el régimen simplificado a la variación inflacionaria registrada en el último semestre.
Este ajuste impacta en millones de contribuyentes, sobre todo trabajadores independientes, profesionales y pequeños comerciantes. Conocé cómo quedará cada categoría, cuánto se podrá facturar y cuánto se deberá pagar a partir de esta modificación.
Desde julio, los límites de facturación anual para permanecer en cada categoría del monotributo aumentan entre un 15% y un 16%, dependiendo del tramo. Además, se ajustan también las cuotas mensuales que incluyen componentes impositivos, previsionales y de obra social.
Por ejemplo:
En paralelo, el monto mensual a pagar también se ajusta: la categoría A pagará $16.946 y la B, $18.596, incluyendo impuestos, jubilación y obra social.
Esta actualización alcanza a todos los monotributistas activos del país. Si tenés dudas sobre tu categoría o cómo recategorizarte, podés consultar Monotributista de AFIP..A partir de ahora, quienes superen los nuevos límites anuales deberán recategorizarse o pasar al régimen general. Aquellos que se mantengan dentro del nuevo esquema podrán seguir tributando con las condiciones actualizadas sin penalidades.
La medida responde a la necesidad de ajustar los parámetros del régimen simplificado frente a la inflación acumulada en el primer semestre del año. Según datos de la inflación de junio 2025 que publicará el Indec, el costo de vida sigue en alza, y este tipo de actualizaciones son clave para evitar que miles de contribuyentes queden fuera del régimen por inflación y no por un verdadero aumento real de ingresos.
Los nuevos topes y montos comienzan a regir a partir del 1° de julio de 2025. La recategorización obligatoria estará vigente hasta el 22 de julio, según lo dispuso la AFIP. Quienes no lo hagan en tiempo y forma, podrían ser recategorizados de oficio o quedar fuera del monotributo.