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ARCA amplió el régimen simplificado de Ganancias: quiénes pueden acceder

Mariana CalvoEconomía26 octubre 2026 a las 10:45

ARCA eliminó los límites de ingresos y patrimonio para acceder al régimen de Ganancias simplificado, una medida que permitirá a más contribuyentes utilizar esta modalidad para presentar sus declaraciones juradas. La nueva reglamentación también incorpora a grandes contribuyentes y determinados funcionarios públicos, aunque establece diferencias en el acceso a los beneficios fiscales.

La medida quedó formalizada mediante la Resolución General 5916/2026, publicada en el Boletín Oficial, que adapta los procedimientos a los cambios introducidos por la Ley de Inocencia Fiscal II. La modificación amplía el alcance del sistema de declaraciones juradas simplificadas y establece nuevas condiciones para su aplicación.

Hasta ahora, para ingresar al régimen se contemplaban topes de $1.000 millones de ingresos anuales y $10.000 millones de patrimonio. Con la nueva normativa, esos límites económicos dejan de ser una condición para acceder a la modalidad, siempre que se cumplan los demás requisitos vigentes.

Quiénes pueden acceder al régimen de Ganancias simplificado

La modificación permite que las personas humanas y las sucesiones indivisas opten por presentar el impuesto a las Ganancias mediante el sistema simplificado, independientemente del monto de sus ingresos o de su patrimonio.

La ampliación representa un cambio importante para quienes quedaban afuera por superar los parámetros económicos establecidos anteriormente. Ahora, el acceso dependerá del cumplimiento de las demás condiciones previstas por la normativa tributaria.

El procedimiento se apoya en una declaración jurada precargada por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), que reúne información disponible sobre ingresos y deducciones. El contribuyente puede revisar los datos, efectuar las correcciones que correspondan y confirmar la presentación.

La finalidad es reducir las tareas administrativas necesarias para cumplir con las obligaciones fiscales y facilitar la presentación de la declaración jurada.

Sin embargo, utilizar esta modalidad no elimina la obligación de informar correctamente los ingresos ni de declarar las deducciones que correspondan. Tampoco implica cambios automáticos en las alícuotas del impuesto.

Qué cambia para los grandes contribuyentes y los funcionarios públicos

La reglamentación también contempla la incorporación de grandes contribuyentes nacionales y determinados funcionarios públicos al procedimiento simplificado para presentar y pagar Ganancias.

En estos casos, existe una diferencia importante: podrán utilizar el sistema, pero no accederán a las presunciones ni a los beneficios fiscales previstos para quienes adhieran bajo las condiciones generales del régimen.

Por lo tanto, la posibilidad de presentar una declaración simplificada no implica que todos los contribuyentes reciban el mismo tratamiento tributario. La normativa establece diferencias según la situación de cada grupo.

Qué requisitos siguen vigentes para presentar Ganancias

Aunque se eliminaron los topes de ingresos y patrimonio, la adhesión al régimen no es automática ni está abierta sin condiciones.

Entre los requisitos operativos mencionados por la normativa se encuentran la inscripción en el impuesto a las Ganancias, mantener la CUIT en situación regular y no registrar determinadas restricciones registrales.

Por eso, antes de optar por esta modalidad, cada contribuyente debe verificar que cumpla las condiciones aplicables a su situación fiscal.

Cómo funciona la declaración jurada simplificada

El sistema permite trabajar sobre una declaración confeccionada previamente por ARCA con información que el organismo ya tiene registrada. De esta manera, se busca reducir la carga de reunir y volcar manualmente los datos necesarios para liquidar el impuesto.

El contribuyente debe revisar la información precargada y corregirla cuando sea necesario antes de confirmar la presentación. La simplificación del trámite no reemplaza la responsabilidad de declarar correctamente la situación fiscal.

La reforma amplía las posibilidades de utilizar este procedimiento, pero no representa una eliminación general de las obligaciones tributarias ni una renuncia de ARCA a sus facultades de control y fiscalización.

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