
La fiscal Victoria Vigna acusó a Omar P., de 42 años, por la muerte del motociclista de 27 años ocurrida tras el siniestro vial del lunes en San Lorenzo, en Oroño y Dorrego donde falleció Tomás Bogado a consecuencia de politraumatimo. Fiscalía y Defensa acordaron la libertad del chofer bajo condiciones, pero no hubo consenso sobre la inhabilitación para conducir. El juez Ariel Cattaneo hizo lugar al pedido de la Fiscalía y le prohibió manejar por tres meses.
El chofer del colectivo involucrado en el siniestro vial en el que murió Aarón Tomás Bogado fue imputado este viernes en los tribunales de San Lorenzo. La fiscal Victoria Vigna le atribuyó el delito de homicidio culposo en calidad de autor y solicitó que sea inhabilitado provisoriamente para conducir durante tres meses.
El acusado es Omar P, de 42 años, chofer de colectivos y domiciliado en Rosario. Según expuso la Fiscalía durante la audiencia, el pasado 14 de septiembre, alrededor de las 12.40, conducía una unidad del Expreso por bulevar Oroño en sentido oeste-este cuando, al llegar a la intersección con Dorrego, embistió la motocicleta que conducía Bogado. Vigna atribuyó el hecho a una conducción imprudente.
Bogado, de 27 años, sufrió graves lesiones como consecuencia del impacto. Inicialmente, fue asistido en el Hospital Granaderos a Caballo y luego derivado al Hospital Eva Perón de Granadero Baigorria, donde falleció horas más tarde. El preinforme de autopsia estableció como causa de muerte un politraumatismo grave sufrido en el siniestro vial.
Durante la audiencia, Vigna enumeró parte de la evidencia incorporada a la investigación. Entre los elementos mencionó las actuaciones policiales, entrevistas a una pasajera del colectivo y a personas que se encontraban en comercios de la zona, la inspección ocular, fotografías de los vehículos y del lugar del choque, registros de cámaras privadas y los informes médicos.
Además, el test de alcoholemia practicado al conductor dio resultado negativo.
Uno de los puntos que todavía intenta determinar la investigación es cómo se encontraba el semáforo al momento en que el colectivo ingresó a la intersección. Según explicó la fiscal, dos testigos señalaron que la unidad habría cruzado con luz amarilla, mientras que otro sostuvo que lo hizo con el semáforo en rojo.
Los registros fílmicos incorporados hasta el momento permiten observar el choque, pero no muestran con claridad el estado del semáforo. Por ese motivo, aún resta realizar nuevos relevamientos de cámaras, recibir testimonios y contar con el informe del gabinete de peritos accidentológicos.
Cuatro medidas acordadas y una discusión por el carnet
La Fiscalía y la Defensa, ejercida por los abogados Marianela Cristofaro y Sebastián Darrichon, llegaron a un acuerdo sobre cuatro medidas cautelares: la constitución de domicilio, la designación de su pareja como garante personal, la obligación de presentarse ante la Oficina de Gestión Judicial y la prohibición de salir del país. El juez Cattaneo homologó esos puntos por el plazo de ley.
El desacuerdo surgió cuando Vigna pidió, además, la inhabilitación provisoria para conducir por tres meses.
La fiscal sostuvo que Palma es conductor profesional y que manejar forma parte de su actividad habitual. También remarcó que se encuentra al frente de un transporte de pasajeros y fundamentó la medida en la necesidad de resguardar a terceros mientras continúa la investigación.
La Defensa rechazó el planteo y consideró que impedirle conducir significaba, en los hechos, adelantar una pena antes de que exista una condena. También señaló que la medida afectaría directamente su fuente laboral.
Los abogados explicaron que Palma trabaja como chofer desde hace cuatro años, que no había tenido inconvenientes anteriores y que tiene a su cargo a sus dos hijos, de 3 y 5 años, además de colaborar con el cuidado de su madre. Como alternativa, propusieron que la empresa modificara su horario y recorrido para evitar que tuviera contacto con testigos de la causa.
Luego de escuchar a ambas partes, el juez Ariel Cattaneo resolvió hacer lugar al pedido formulado por la Fiscalía y dispuso la inhabilitación provisoria de Palma para conducir por el plazo de tres meses.
Para resolver, el magistrado tuvo en cuenta las particularidades de la medida cautelar solicitada, la naturaleza del hecho investigado y los riesgos propios de la conducción de un colectivo. También consideró la posibilidad de que el chofer pudiera encontrarse durante sus recorridos habituales con personas que deberán intervenir como testigos en la investigación.
De esta manera, el conductor continuará el proceso en libertad, sujeto a las medidas acordadas entre las partes, pero no podrá conducir durante los próximos tres meses, mientras la Fiscalía avanza con las pericias y demás medidas destinadas a establecer con precisión la mecánica del siniestro que terminó con la muerte de Tomás Bogado.