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La Cámara absolvió al hombre que repelió a tiros a policías durante un allanamiento

El acusado, Pedro Gabriel Sánchez fue absuelto en segunda instancia donde el tribunal señaló que el hombre no entendió que lo estaban allanando y que se defendió de los disparos atacando a los policías durante un operativo ocurrido en octubre de 2018. Un tribunal de primera instancia lo había condenado a 5 años y 4 meses de prisión por tentativa de homicidio contra dos policías.

Pedro Gabriel Sánchez, un hombre de 60 años fue condenado en julio de 2020 a cinco años y cuatro meses de prisión efectiva, luego de dispararle a efectivos del Grupo de Operaciones Complejas cuando allanaron su domicilio en calle San Luis al 900 el 26 de septiembre de 2018 en San Lorenzo. Una resolución de Cámara revocó esa sentencia y lo absolvió por el delito de homicidio agravado mediante el empleo de un arma de fuego en grado de tentativa, cometido bajo un error vencible de prohibición en calidad de autor.

Los jueces Carolina Hernández, Carlos Carbone y Gabriela Sansó dieron lugar a la apelación presentada por el Dr. José Alberto Rodríguez y el codefensor Andrés Rodríguez, que representan a Sánchez y ordenaron la inmediata liberación del hombre, que cumplía prisión domiciliaria desde octubre de 2018 a raíz de su estado de salud, producto de las heridas de arma de fuego que los policías efectuaron durante el enfrentamiento. Para el tribunal, el imputado actuó «por error de prohibición indirecto invencible, excluyente de todo reproche punitivo por ausencia de culpabilidad». El error de prohibición invencible se da cuando el sujeto no podría haber salvado su error de ningún modo y, por tanto, se queda exento de responsabilidad criminal.

De esta forma el tribunal revocó el fallo de los jueces Juan José Tutau, Ignaco Vacca y Carlos Paretto que habían condenado a Sánchez a 5 años y 4 meses de prisión por considerarlo responsable de las heridas que sufrieron los policías Franco Literio y Daniel Ignacio cuando el hombre respondió a los tiros utilizando un revólver Taurus calibre 38. Sin embargo, ese mismo tribunal lo absolvió por el estricto beneficio de la duda por los delitos de amenazas calificadas, abuso de armas agravado y tenencia de arma de fuego de uso civil y de guerra sin la debida autorización legal.

El allanamiento que terminó mal

La mañana del 26 de septiembre de 2018, aproximadamente 7.45 horas, efectivos de la comisaría 1° y del Grupo de Operaciones Complejas irrumpió en San Luis 975 de San Lorenzo, allanando el domicilio de Pedro Sánchez, por una denuncia que su ex yerno le había realizado a éste en la cual lo acusaba de haberlo amenazado con un arma de fuego. El G.O.C destrozó la puerta del hombre quien se defendió a disparos, provocando una herida en el omóplato al policía Daniel Ignacio, y la pérdida de la falange de uno de sus dedos. En el ataque, resultó también herido el suboficial Franco Literio, con un tiro en su tobillo con orificio de entrada y salida. En tanto Sánchez resultó con una herida de bala en el abdomen y otra en su pierna.

El momento del enfrentamiento registrado por la policía

Luego del enfrentamiento a Sánchez le secuestraron de su vivienda una pistola calibre 40, un revólver calibre 38, una escopeta de un caño calibre 16, un trabuco de colección, un revólver calibre 22, una escopeta 12/70 y municiones.

Para el abogado de Sánchez, «el error fue inducido por el accionar policial que allanó y que irrumpió de un modo que no correspondía, porque hubo una orden del juez, de que actuaran con la debida moderación y prudencia, pero la policía entró rompiendo la puerta de entrada, la puerta principal y en el medio del estruendo, ellos ni siquiera se anunciaron, no prendieron luces, ni utilizaron un megáfono, partieron de la base de que el yerno lo había denunciado como que se había tomado de la cintura simulando tener un arma».

Rodríguez aseguró que las armas incautadas en el domicilio eran del antiguo trabajo de Sánchez como administrador de una agencia de vigilancia privada y que cuando la oficina cerró, esas armas fueron parte de pago de una indemnización: «Una sola de las armas estaba cargada, porque como anteriormente lo habían asaltado, él pensó que le estaban robando porque utilizaron un fierro para entrar; él estaba medio dormido, y se despertó sobresaltado. El error fue invencible porque Sánchez no sabía de que se trataba de un allanamiento legal».

Según se señaló en los agravios, en esos escasos segundos se  produce la reacción de Sánchez.  Esa mañana  había llevado a su esposa a la casa de su hija para cuidar al nieto. Vuelve, se saca la prenda que vestía sobre su torso y el calzado. Algo normal para una persona que se había acostado tarde, ya se había levantado y solo iba a descansar un rato más, antes de empezar a trabajar. Queda solo con el jean con el cual se lo puede ver en el registro fílmico que se reprodujo en la audiencia.  Al sentir el ruido producido por el “brechazo” en el portón de rejas, Sánchez  reacciona, se levanta, toma el arma de fuego que tiene registrada a su nombre y se dirige desde su dormitorio ubicado en la parte trasera de la casa hacia la parte delantera de la misma haciendo doce pasos como lo declaró en la audiencia. 

En ese sentido, cuando Sánchez comprendió qué quienes estaban irrumpiendo su morada eran policías, depuso su actitud luego de recibir un disparo de una suboficial con una bala de goma, coloca el arma en un mueble y cuando es esposado, recibe otro disparo en la pierna, cuando ya estaba inmovilizado, provocándole una fractura expuesta en su pierna izquierda.

Caso emblemático

«No existe jurisprudencia en este caso, encontramos casos análogos pero no iguales», expresó Rodríguez quien opinó que a su cliente le arruinaron la vida, porque aún tiene secuelas de las heridas, camina con apoyo de muletas, y tiene una prótesis y sufre dolores insoportables. Además el caso estuvo tan mediatizado, que las imágenes del allanamiento y de los disparos recorrieron todos los canales de noticias.

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