Judiciales

¿Qué hacer si desaparece un familiar?

«El día  martes fui a hacer la denuncia a la policía y no me la quisieron tomar» contó Micaela, la madre de Bruno, un joven que estuvo desaparecido desde el domingo 15 hasta el día de ayer lunes. Historias como las de Beatriz llegan a nuestra redacción donde padres nos relatan que intentan sin éxito realizar distintos tipos de denuncias pero que en sede policial no se las toman por diversos motivos. Una de las respuestas más dadas por el personal policial es que los familiares deben esperar 48 horas para realizar la solicitud de paradero.

Pero esto no es así. Desde el año 2016 el Ministerio Público de la Acusación emitió un protocolo a las distintas  fiscalías para proceder sobre la actuación en personas desaparecidas que puede accederse aquí.

Resolución 224-16 Guía para la investigación de personas denunciadas como desaparecidas

Tanto la policía como la fiscalía local están obligados a aceptar las denuncias los 365 días del año y en cualquier horario.

En dicho protocolo se enumera una serie de medidas que deben disponer tanto las fuerzas policiales como la fiscalía para actuar. En cuanto a los familiares, estos deben dar datos de identidad, sexo sobrenombre, ocupación, carácteres físicos, descripción de la vestimenta,  circunstancias de las desaparición.

No tenés que esperar 48 horas. El tono de alerta de las recomendaciones para la búsqueda de personas elaboradas por la Procuraduría de Trata y Explotación de Personas (Protex) es clave para iniciar un proceso de respuestas institucionales de agentes de fuerzas de seguridad y operadores judiciales. Es que ante una desaparición, es importante realizar la denuncia de manera urgente: las acciones que se realizan en las primeras horas son fundamentales en la investigación.

¿Qué hacer cuando alguien desaparece?

No importa si la persona se ausentó por razones personales. En cualquier situación, se debe denunciar: la policía, los juzgados y las fiscalías tienen la obligación de tomar la denuncia en el momento en que se realice.

La Procuraduría de Trata y Explotación de Personas también recomienda:-

Aportar datos sobre la víctima

– Informar sobre los vínculos cercanos de la víctima.

– Acercar fotografías e imágenes.

– Si la persona es un niño o niña, detallar las relaciones en la escuela y sus círculos de amistad.

– Brindar detalles sobre la última vez que fue vista (ropa, calzado, lugar, horario, planes previstos, acompañantes, etc).

– Aportar información sobre el uso de redes sociales, cuentas de correo electrónico y sus historiales de navegación de Internet.

– Informar sobre las rutinas de uso de transporte público y si cuenta con tarjeta SUBE.

– Aportar datos financieros, el uso de tarjetas de crédito y de débito y el movimiento de sus cuentas bancarias.

Al momento de realizar la denuncia, no se debe olvidar:
– Reclamar una copia.
– Leer o pedir a alguien de confianza que lea la denuncia antes de firmarla.
– Se debería registrar una “denuncia” y no una “Exposición civil”.
– Entregar una foto (están obligados a recibirla) de la persona desaparecida.
– Exigir que sea caratulada como “medida de protección” y no como “fuga de hogar” ni “averiguación de paradero”.
– Si la denuncia se presentó en la policía, deben informar inmediatamente al Poder Judicial y a la fiscalía de turno.
– Exigir los datos del juzgado y de la fiscalía intervinientes.
– Si la Policía Federal o cualquier otra fuerza de seguridad no toma la denuncia, comunicarse al 0800-555-5065 de Consultas y Denuncias del Ministerio de Seguridad de la Nación.

 

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