
Cuáles son las restricciones que establece la ley y a partir de qué hora no se podrán vender bebidas alcohólicas.
El próximo domingo 19 de noviembre se celebrará la segunda vuelta electoral o balotaje 2023. En esta instancia, el diputado nacional y líder de La Libertad Avanza, Javier Milei, y el actual ministro de Economía y postulante de Unión por la Patria, Sergio Massa, competirán por la presidencia de la Nación.
De acuerdo al Código Nacional Electoral, 48 horas antes de la votación comienza la veda electoral. Esta medida tiene como espíritu conceder un espacio de reflexión a los votantes en la antesala de su decisión, luego de haber escuchado durante un período de tiempo los proyectos que proponen todos los dirigentes que aspiran a ser electos en distintos cargos.
El artículo 71 del Código Electoral Nacional establece las prohibiciones que rigen durante la veda electoral:
Los electores pueden tener como sanción el pago de multas de entre $10 mil y $100.000 por la emisión de publicidad electoral durante el silencio establecido.
Además, aquellos que induzcan al voto o impulsen el ausentismo en estas Elecciones 2023 pueden recibir una pena desde dos meses a dos años de prisión. Además, los que violen el carácter secreto del voto se enfrentan a posibles condenas de hasta tres años.
El Tribunal Electoral o cualquiera de sus miembros tendrá la atribución de disponer el cierre transitorio de los locales que estuvieren en infracción a lo dispuesto precedentemente.
La veda electoral restringe la venta de bebidas alcohólicas desde las 12 horas anteriores al inicio de la elección. Una vez cerrado los comicios, habrá que esperar 3 horas para poder reiniciar su comercialización.
Por lo tanto, los consumidores no podrán comprar estas bebidas desde las 20 horas del sábado 18 de noviembre hasta las 21 horas del domingo.
El domingo 19 de noviembre se define quién será el presidente y vicepresidente de la Nación por los próximos cuatro años.
En el caso de que se produzca un eventual empate en la segunda vuelta, es importante destacar que no existe una legislación específica que aborde de manera directa este escenario particular. Aunque las encuestas sugieren una situación de equilibrio entre los candidatos, la probabilidad de que ambos obtengan la misma cantidad de votos es baja, aunque no se puede descartar por completo.
En principio, una vez transcurridas las 48 horas posteriores a la jornada electoral, la Justicia Nacional Electoral procedería a ordenar el escrutinio definitivo. El resultado final podría sufrir modificaciones al incorporar los votos emitidos por residentes en el extranjero, las personas privadas de la libertad y las fuerzas de seguridad asignadas al comando electoral.
Sí. En Argentina el voto es obligatorio y todas las personas que figuren en el padrón electoral tienen la obligación de votar. La Ley de Ciudadanía Argentina, la 26.674, establece: “Todo elector tiene el deber de votar en la elección nacional que se realice en su distrito”. La legislación indica que “son electores los argentinos nativos y por opción, desde los 16 años de edad, y los argentinos naturalizados, desde los 18 años de edad” que no estén inhabilitados por ley a emitir el voto.