
La defensa de Emanuel Fernandes no se presentó a los tribunales de San Lorenzo. La fiscalía pide que cumpla la condena en una cárcel común. La audiencia fue reprogramada para el 20 de octubre.
Este jueves se iba a realizar en los tribunales de San Lorenzo una audiencia en la que el fiscal Juan Carlos Ledesma volvería a pedir que Emanuel Fernandes, condenado en 2023 a 8 años por abusar sexualmente de su hija, cumpla la pena en una cárcel común y no bajo prisión domiciliaria. La fiscalía sostiene que Fernandes no puede comunicarse debido a su hipoacusia, como alegó la defensa, debido a que se comunica en su trabajo sin intérpretes de señas y que todo es un ardid para eludir la prisión.
Sin embargo, la audiencia no pudo realizarse porque los abogados defensores no estaban presentes en la sala ni conectados por Zoom. La madre del condenado, señaló que los letrados no sabían de la audiencia porque una notificación indicaba que estaba suspendida. El juez Eugenio Romanini, en cambio, afirmó que fueron notificados por correo electrónico.
Milagros, expareja de Fernandes y madre de la víctima, relató a Pregón que durante la audiencia se llamó por teléfono a los defensores y no atendieron. Contó que se sorprendió al verlos afuera de los tribunales, sin haber ingresado, esperando el traslado de Fernandes, y que lo advirtió a la Oficina de Gestión Judicial. Finalmente, la audiencia fue suspendida y reprogramada para el 20 de octubre.
La condena
En febrero de 2023, la jueza Mariel Minetti condenó a Fernandes a 8 años y 6 meses de prisión efectiva por abuso sexual gravemente ultrajante y con acceso carnal, agravado por ser ascendiente y encargado de la guarda, por ser la víctima menor de 18 años y por aprovechar la convivencia, en múltiples hechos en concurso real y en calidad de autor. La fiscalía había pedido 10 años.
Condenado hace dos años por abuso sexual, podría quedar preso en una cárcel común
Fernandes no fue alojado en prisión: la condena no estaba firme y continuó con prisión domiciliaria y salidas laborales a una empresa de Ricardone. La defensa sostenía que era hipoacúsico y que no comprendía la gravedad de los hechos.
La defensa apeló y el Tribunal de Segunda Instancia rechazó sus planteos, entre ellos que Fernandes fuera inimputable por hipoacusia bilateral congénita y falta de pensamiento abstracto, o que tuviera incapacidad procesal. Consideró que tenía una importante integración social y laboral, que comprendía lo prohibido y que contó con apoyos legales para ejercer su defensa. Valoró como creíble y consistente el testimonio de la víctima, corroborado por Cámara Gesell y por profesionales, y señaló que la ausencia de lesiones físicas no descarta el abuso. El tribunal redujo la pena en seis meses, a 8 años.
La Corte Suprema de Justicia de Santa Fe rechazó la queja de la defensa, al considerar que sus planteos eran discrepancias sobre prueba y derecho común y no cuestiones constitucionales. El 25 de abril de 2025, además, denegó el recurso extraordinario federal que pretendía llevar el caso a la Corte Suprema de la Nación, por no cumplir los requisitos legales ni demostrar un vicio constitucional.
Los hechos atribuidos
El fiscal Ledesma le atribuyó haber abusado sexualmente, con acceso carnal, de su hija entre 2017 y 2019 en San Lorenzo, cuando la niña tenía entre 6 y 8 años. La causa se inició el 5 de diciembre de 2019, cuando la madre denunció los hechos en el Área de Violencia Sexual de la Unidad Regional XVII, luego de que una de sus hijas le manifestara su angustia por el modo en que el padre jugaba con su hermana.
La revisión de la prisión domiciliaria
La audiencia de revisión fue pedida por Ledesma luego de que informes indicaran que Fernandes se comunica en su trabajo sin traductores, y el Servicio Penitenciario confirmó que puede estar alojado en un establecimiento carcelario.