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Trece domicilios de la región fueron notificados que deben cumplir cuarentena

Fiscalía señaló que no hubo detenciones hasta el momento

La Unidad Regional 17 informó que se realizaron 13 procedimientos en domicilios de la región por personas que volvieron del exterior y que deben respetar el período de cuarentena obligatoria en sus domicilios.

Siguiendo los lineamientos del protocolo provincial, el personal policial llevó a cabo 13 procedimientos en las ciudades de Capitán Bermúdez, Puerto San Martín, Roldán y San Lorenzo. Las personas que viajaron al exterior fueron notificadas que deberán permanecer en sus viviendas en cuarentena.

Desde la fiscalía local informaron que por el momento no se han realizado detenciones,pero si notificaciones ante llamadas de vecinos que señalaron el incumplimiento de ciertas personas que habían viajado, y que se controló que estuvieran en su domicilio. Por el momento todos los notificados se comprometieron a cumplirla

En ese sentido ayer a las 11 hs, se denuncia de forma anónima que en la empresa Shynton de San Lorenzo habría un empleado que regreso de Uruguay y no se encuentra realizando la cuarentena. Fue entrevistado E.C., y no se constatan síntomas de estado gripal, por lo tanto se notifica que deberá permanecer aislado.

El 16 de abril a las 20.30 hs, una alumna de enfermería del instituto ISPI 9246 de Oliveros consultó si debía presentarse a mesa de examen que se realizaba ayer, la mujer manifestó que otros alumnos de otras localidades iban a asistir, desconociendo su estado de salud o si debían estar en cuarentena.

Por tal motivo, desde la fiscalía solicitó una planilla de directores, docentes y alumnos que se encuentran cursando las mesas de examen. El Ministerio de educación corroboró que no había riesgos y se suspendieron las clases debido a que no habría alumnos que se presenten a rendir.

También ayer a las 11.30 hs una llamada anónima manifiesta que en el domicilio de Escalada al 2000 de San Lorenzo habían llegado de viaje y no cumplían cuarentena

Fue entrevistada M.A. en dicho domicilio, quien dijo que regresó de Brasil hace unos días, que no notó síntomas de estado gripal. Se la notifica que debía permanecer aislada.

El artículo 7 del DNU detalla un aislamiento obligatorio y acciones preventivas durante 14 días, “plazo que podrá ser modificado por la autoridad de aplicación según la evolución epidemiológica”.

¿Quiénes deberán respetar la cuarentena?
a) “Quienes revistan la condición de ‘casos sospechosos’. A los fines del presente Decreto, se considera “caso sospechoso” a la persona que presenta fiebre y uno o más síntomas respiratorios (tos, dolor de garganta o dificultad respiratoria) y que además, en los últimos días, tenga historial de viaje a ‘zonas afectadas’ o haya estado en contacto con casos confirmados o probables de Covid-19. La definición podrá ser actualizada por la autoridad sanitaria, en función de la evolución epidemiológica”.

b) “Quienes posean confirmación médica de haber contraído Covid-19”.

c) “Los ‘contactos estrechos’ de las personas comprendidas en los apartados a y b precedentes en los términos en que lo establece la autoridad de aplicación”.

d) “Quienes arriben al país habiendo transitado por ‘zonas afectadas’. Estas personas deberán brindar información sobre su itinerario, declarar su domicilio en el país y someterse a un examen médico lo menos invasivo posible para determinar el potencial riesgo de contagio y las acciones preventivas a adoptar que deberán ser cumplidas, sin excepción. No podrán ingresar ni permanecer en el territorio nacional los extranjeros no residentes en el país que no den cumplimiento a la normativa sobre aislamiento obligatorio y a las medidas sanitarias vigentes, salvo excepciones dispuestas por la autoridad sanitaria o migratoria”.

e) “Quienes hayan arribado al país en los últimos 14 días, habiendo transitado por ‘zonas afectadas’. No podrán permanecer en el territorio nacional los extranjeros no residentes en el país que no den cumplimiento a la normativa sobre aislamiento obligatorio y a las medidas sanitarias vigentes, salvo excepciones dispuestas por la autoridad sanitaria o migratoria”.

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