Tabla de escalas y alícuotas del Impuesto a las Ganancias 2026 según ARCA.

Ganancias 2026: ARCA confirmó las nuevas escalas y deducciones mensuales

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) oficializó el esquema del Impuesto a las Ganancias que regirá durante el primer semestre de 2026. La actualización, que rige para empleados en relación de dependencia, tiene carácter retroactivo al 1° de enero y se basa en la evolución de la inflación (IPC).

Esta medida obliga a las empresas a ajustar sus sistemas de liquidación y, en caso de haber aplicado tablas anteriores, reintegrar a los trabajadores las sumas retenidas en exceso durante los primeros pagos del año.

Así quedan las escalas del Impuesto a las Ganancias 2026 según ARCA

La nueva tabla publicada por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) establece los montos acumulados para el primer semestre del año. El esquema mantiene una estructura progresiva con alícuotas que se aplican según el nivel de ingresos:

  • Escala mínima: Para ganancias netas imponibles de hasta $2.000.030,09, la alícuota es del 5%.
  • Escalas intermedias: Quienes perciban entre $9.000.135,40 y $18.000.270,80 pagarán un cargo fijo de $970.014,59 más un 19% sobre el excedente.
  • Escala máxima: Superando los $60.750.913,96, el monto fijo asciende a $14.672.720,74 más una alícuota del 35% sobre el excedente.

Deducciones personales para el primer semestre

Las deducciones permiten reducir la base imponible y presentan una progresión mensual acumulada desde enero hasta junio:

  • Ganancia no imponible: Inicia en $429.316,88 en enero y alcanza los $2.575.901,25 en junio.
  • Cónyuge: La deducción pasa de $404.330,39 en el primer mes a $2.425.982,33 al cierre del semestre.
  • Hijos: El monto acumulado por hijo se sitúa en $203.905,29 en enero y llega a $1.223.431,74 en junio.
  • Deducción especial: Comienza en $1.502.609,06 y llegará a $9.015.654,38 al finalizar el período.

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Ganancias 2026: ARCA confirmó las nuevas escalas y deducciones mensuales

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) formalizó el esquema del Impuesto a las Ganancias que se aplicará durante el primer semestre de 2026. Esta actualización, destinada a empleados en relación de dependencia, tiene vigencia retroactiva al 1° de enero y se ajusta según la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC).

La normativa obliga a los empleadores a actualizar sus sistemas de liquidación para reflejar estos valores y, en caso de haber efectuado retenciones con tablas anteriores, reintegrar los montos excedentes a los trabajadores.

Así quedan las escalas del Impuesto a las Ganancias 2026 según ARCA

El nuevo cuadro tarifario presenta una estructura progresiva con alícuotas que aumentan según el nivel de ingresos acumulados. Según la información oficial, los tramos se dividen de la siguiente manera:

  • Hasta $2.000.030,09: Se aplica una alícuota del 5%.
  • De $2.000.030,09 a $4.000.060,17: El pago es de $100.001,50 más el 9% sobre el excedente del primer tramo.
  • De $9.000.135,40 a $18.000.270,80: Se abona un cargo fijo de $970.014,59 más el 19% sobre el excedente de $9.000.135,40.
  • Más de $60.750.913,96: El monto fijo asciende a $14.672.720,74 más una alícuota del 35% sobre el excedente.

Deducciones personales para el primer semestre

Las deducciones permiten reducir la base imponible y presentan una progresión mensual acumulada desde enero hasta junio:

  • Ganancia no imponible: Inicia en $429.316,88 en enero y alcanza los $2.575.901,25 en junio.
  • Cónyuge: La deducción pasa de $404.330,39 en el primer mes a $2.425.982,33 al cierre del semestre.
  • Hijos: El monto acumulado por hijo se sitúa en $203.905,29 en enero y llega a $1.223.431,74 en junio.
  • Deducción especial: Comienza en $1.502.609,06 y llegará a $9.015.654,38 al finalizar el período.

Recálculos y devolución de retenciones

Al ser una medida con efecto retroactivo, los empleadores deben revisar las liquidaciones efectuadas desde el inicio del año. Si se aplicaron tablas de 2025 y se retuvo dinero de más, las empresas están obligadas a devolver la diferencia en el próximo pago de sueldos.

En los casos donde el ajuste determine que no corresponde tributar, el reintegro de lo retenido en exceso debe ser total. Aunque algunas empresas pueden demorar la actualización de sus sistemas, se espera que la regularización se vea reflejada en los haberes de los próximos meses.