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San Lorenzo: prisión preventiva para Esteban Delgado, acusado de abusar de su hija, tras violar la prohibición de acercamiento

Anabela TramontiniPortadaActualidadJudiciales28 julio 2026 a las 17:25

El Tribunal de San Lorenzo dispuso este martes la prisión preventiva por 60 días para Esteban Ramón Delgado, acusado en una causa por abuso sexual contra su hija menor de edad, y de su hermana Sofía, quien fue asesinada en el 2024 de una forma brutal y cuya causa penal continúa avanzando, luego de que se le atribuyera un nuevo delito: desobediencia a una orden judicial de prohibición de acercamiento.

La medida rige, con prórroga automática, hasta el 28 de septiembre, fecha en la que debería celebrarse la audiencia preliminar por la causa principal.

La audiencia, que en un primer momento iba a ser una audiencia preliminar —ya que la fiscalía había presentado el requerimiento acusatorio por el abuso sexual el 8 de julio—, cambió de carácter en las últimas horas a raíz de un hecho reciente que motivó una imputación adicional. El fiscal Javier Paz le atribuyó a Delgado., en calidad de autor, el delito de desobediencia de orden judicial, y adelantó que presentará una readecuación del requerimiento acusatorio ya presentado para incorporar este nuevo hecho.

Según la acusación, el imputado se encontraba el pasado 3 de julio, alrededor de las 13, en la vía pública, en la esquina de Alberdi y Mateo Gélvez, en San Lorenzo, frente a un anfiteatro abandonado, a unos 300 metros del domicilio donde reside la víctima junto a su familia. Esa ubicación se encuentra dentro del radio de exclusión de 500 metros fijado por una prohibición de acercamiento que el Tribunal Colegiado de Familia de San Lorenzo le había impuesto desde noviembre de 2024, medida de la que el acusado estaba debidamente notificado.

De acuerdo con lo expuesto en la audiencia, un testigo cercano a la familia lo reconoció en el lugar, con la cabeza cubierta por una capucha, en una actitud que —según sostuvo la fiscalía— buscaba evitar ser identificado. Ese mismo testigo manifestó dudas sobre si el acusado ya había recuperado la libertad al momento de verlo. El aviso llegó al fiscal Paz el jueves 23 de julio por la tarde, y la querella acompañó elementos probatorios para reforzar ese testimonio, incluida una comunicación directa con uno de los hijos de la familia.

La fiscalía señaló además que el domicilio declarado por el acusado presentaba una irregularidad: los dos últimos dígitos de la altura catastral aparecían invertidos respecto de la dirección real, lo que —sostuvo— ya de por sí lo ubicaba dentro del radio prohibido.

El reclamo de la querella

La representación de la víctima, a cargo del abogado Gabriel Filippini, calificó lo ocurrido como “un hecho institucional gravísimo” y denunció demoras y fallas en la comunicación oficial: la familia recién tomó conocimiento de la libertad del acusado el 2 de julio, hubo una falta de información sobre un recurso de apelación que databa de agosto del año anterior, y el fiscal saliente no comunicó el recambio a cargo de la causa. La querella sostuvo que tuvo que confirmar por su cuenta la liberación del acusado a través de contactos directos con la familia y con la unidad fiscal.

Recordó que la víctima es hermana de una joven que había denunciado en su momento al mismo progenitor, denuncia que no había prosperado penalmente, aunque sí tuvo repercusión en la Justicia de Familia, y que solo tras la muerte violenta de esa joven se avanzó con la detención del acusado por la causa de abuso sexual.

Según relató la querella, ese antecedente obligó a la familia a comparecer de urgencia para reforzar las prohibiciones de acercamiento y a solicitar que se le quitara la responsabilidad parental al acusado. También debió tramitarse una medida cautelar para garantizar la escolarización de la víctima, que en un primer momento no era aceptada por ninguna institución educativa.

La querella remarcó que, ante la noticia de que el acusado había recuperado la libertad, los hermanos debieron resguardarse en su vivienda y hoy cuentan con custodia policial. Señaló que la defensa pública no había respondido en su momento a una presentación de la querella, y que existe una auditoría iniciada por las fallas de comunicación detectadas en la causa. Agregó que los fiscales Marianela Luna y Matías Merlo, se encuentran en comunicación directa con la querella y que se generaron medidas adicionales de protección para la familia, además de un canal de notificación por WhatsApp para futuras audiencias.

La querella solicitó 60 días de prisión preventiva con prórroga automática hasta la finalización de la audiencia preliminar, una auditoría formal por las fallas señaladas, sanciones para quienes resulten responsables, y que se implemente ante la Oficina de Gestión Judicial (OGJ) un sistema de alertas ante la liberación o morigeración de medidas a personas acusadas de delitos sexuales.

La defensa pidió una medida alternativa

La defensa, a cargo de Leandro Demichelli, sostuvo que no existió dolo ni intención de violar la prohibición, y que la presencia del acusado en el lugar respondió a una cuestión de ubicación geográfica y no a una decisión deliberada de acercarse a la víctima. Argumentó que su asistido tuvo tres semanas para eludir a la justicia —tiene una propiedad en la ciudad— y no lo hizo, por lo que no correspondería hablar de peligro de fuga ni de entorpecimiento de la investigación.

La defensa también invocó motivos de salud: dijo que el acusado sufrió un accidente grave que le impide caminar sin prótesis y que padece además una afección en el rostro, por lo que sostuvo que mantenerlo detenido podría agravar su cuadro. Agregó que percibe una pensión por discapacidad y calificó de “morbosos, patéticos e ignorantes” los cuestionamientos hacia alguien que todavía está solo sospechado. Propuso, como alternativa a la prisión preventiva, que quedara bajo la responsabilidad de una hermana del acusado, con domicilio en el barrio Esperanza de Rosario, y pidió una medida morigerada por entender excesivo, arbitrario y violatorio de garantías el pedido de 60 días de prisión.

La réplica de la fiscalía y la querella

La fiscalía cuestionó la idoneidad de la persona propuesta por la defensa como garante, al señalar que esa misma persona protagoniza situaciones de hostigamiento hacia otros integrantes de la familia en redes sociales, aunque aclaró que no existe denuncia formal ni falso testimonio acreditado en esta causa puntual. Sostuvo que, si bien no hay dolo probado en sentido estricto, este se presume a partir de que el acusado se encontraba en un lugar a sabiendas de que tenía prohibido estar allí y de que buscó no ser visto. Recordó además que los problemas de salud alegados no habían sido obstáculo en una prisión preventiva anterior que el acusado ya había cumplido, y que todas las unidades del servicio penitenciario cuentan con atención médica disponible. Pidió que la prisión preventiva se mantenga hasta la instancia de juicio oral.

La querella coincidió en oponerse tanto a la persona propuesta como garante como a cualquier posibilidad de libertad, y reiteró que nunca se acreditaron formalmente las afectaciones de salud invocadas por la defensa.

La resolución

El juez de primera instancia Cattáneo tuvo por formalizada la imputación y rechazó el planteo de la defensa de que debiera exigirse un grado de certeza propio de una sentencia firme, al recordar que la etapa investigativa solo requiere un umbral de evidencia mínima, no de certeza de condena. Consideró que existen elementos objetivos suficientes para sostener una apariencia de responsabilidad —el testimonio que da cuenta del incumplimiento y la constatación de que el domicilio declarado se encontraba dentro del radio de exclusión de 500 metros—, y remarcó que el acusado podría haber optado por mantener el domicilio anterior sin inconvenientes. Señaló además que ocultarse con una capucha resulta indicativo de una conducta orientada a no ser visto.

En consecuencia, hizo lugar al pedido de la fiscalía y la querella, y dispuso la prisión preventiva por 60 días, con prórroga automática, hasta la realización de la audiencia preliminar.

Delgado enfrenta además un proceso por abuso sexual gravemente ultrajante, agravado por el vínculo de ascendencia y por haber sido cometido contra una menor de edad aprovechando una situación de convivencia previa, en concurso real, y en concurso ideal con corrupción de menores. El requerimiento acusatorio, presentado el 8 de julio, solicita una pena de 16 años de prisión de cumplimiento efectivo, aunque la fiscalía adelantó que ese monto podría elevarse al incorporar el nuevo hecho de desobediencia judicial. La fiscalía pidió además que se fije a la brevedad la fecha de la audiencia preliminar para avanzar con el tratamiento de esa acusación.

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