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El ex corredor de Fórmula 1 «Poppy» Larrauri fue imputado por lavado de dinero

Este jueves, se realizó la audiencia imputativa al ex corredor Oscar Poppy Larrauri, al empresario del juego Leonardo Peiti y a su abogado José Fernández Chemes por los delitos de estafa y lavado de activos-.

Los fiscales Matías Edery y Luis Schiappa Pietra de la Agencia de Criminalidad Organizada imputaron a Larrauri por los delitos de Estafa procesal en concurso real con lavado de activos en carácter de autor; a Leonardo Peiti por Estafa procesal en concurso real con lavado de activos y al abogado
José Fernández Chemes. por estafa procesal con lavado de activos y haber actuado en ejercicio de una profesión que requiere habilitación especial en carácter de partícipe primario.

La Fiscalía señaló que en el año 2009, Leonardo Peiti y José Fernández Chemes ejecutaron maniobras delictivas con el objeto de engañar a un Juez civil y comercial para que, en el marco de un proceso de escrituración le otorgara a favor de Leonardo Peiti una sentencia judicial de escrituración de lotes de 10 terrenos de la localidad de Funes. González Chemes era el abogado de Peiti que tramitó dicho expediente ante el Juzgado Civil y Comercial de la 8va nominación de Rosario en el que se peticionó la escrituración judicial con fundamento en una cesión de derechos anterior fechada el 17 de Enero de 2007 cuyo origen fue ilícito.

La ilicitud de esa petición, era conocida por Peiti y su letrado y radicó en que quien cedió por cesión de derechos a Leonardo Peiti invocó ese derecho en función de un boleto de compraventa previo (de fecha 20 de febrero de 2003) suscripto por esa persona (ya fallecida) y cuya firma de un supuesto vendedor representante de Felenpark SA era apócrifa.

En consecuencia dicha persona no era una adquirente legítima de esos derechos que luego simuló transferir mediante cesión a Leonardo Peiti. La falsedad de la firma de dicho vendedor representante comprobada por peritaje judicial caligráfico motivó el inicio de una demanda de nulidad de sentencia que tramita ante el Juzgado Civil y Comercial de la 8va Nominación que se encuentra en trámite.

El engaño pergeñado y ejecutado por ambos y plasmado en el juicio de escrituración referido prosperó y la escrituración de dichos lotes a favor de Leonardo Peiti se concretó en fecha 30 de julio de 2015, mediante la escritura de una escribana, incorporando así a su patrimonio estos bienes provenientes de un ilícito penal.

Luego, en fecha 10 de marzo de 2016 Leonardo Peiti simuló la venta de esos terrenos a favor de Oscar Larrauri mediante el otorgamiento de una escritura traslativa la cual fue inscrita ante el Registro de la Propiedad Inmueble en fecha 18 de marzo de 2017 por la suma de U$D 536.000 dólares. Esa operación también fue simulada ya que el verdadero dueño de esos terrenos continuó siendo Leonardo P.eiti.

El 14 de marzo de 2016 se firmaron dos instrumentos sobre esos mismos lotes (4 días después del otorgamiento de la escritura traslativa de dominio a favor de Oscar Larrauri) un contrato de compraventa en donde Poppy. le vende a Leonardo Peiti por la misma suma de dinero que la consignada en la escritura antes mencionada, es decir, un contradocumento de la escritura anterior; y otro, un contrato de locación donde Oscar Larrauri le da en alquiler a Leonardo Peiti esos lotes. La maniobra simulada que se instrumentó con esta escritura traslativa de dominio a favor del ex corredor le permitió a Peiti justificar la incorporación de un ingreso financiero a su favor de U$D 536.000 dólares en base a la conformación de registros contables que no responden a la realidad económica.

Ese dinero con el que contaba Leonadro Peiti es el fruto de su actividad ilícita como jefe de una asociación ilícita destinada explotar, administrar y/u operar, por sí o a través de terceros, un sistema de captación de juegos de azar sin contar con la autorización pertinente emanada de la autoridad jurisdiccional competente, hecho ya imputado. Esta maniobra le permitió utilizar ese crédito financiero para imputar una parte de ese crédito a la formalización de la compra de otros lotes ubicados en la localidad de Casilda. Esa compra se perfeccionó mediante escrituras traslativas de fecha 7 de junio de 2016, otorgadas por un escribano, por las que se transfirieron los lotes 616, 617, 618, 619, 620, 621 y 622 del loteo “Tierra de Sueños – Casilda”, y por escrituras traslativas de dominio Nro. 67, 68, 69, 70 de fecha 7/7/2016 de los lotes 624, 633, 634, 635, 636, 637, 638, 639, 640 y 641, 655 y 653.

Esta operación se llevó a cabo por un total de pesos de $760.000 pesos equivalentes a esa fecha al cambio oficial de U$D 52.274,31 dólares. Por medio de esa maniobra se documentó una operación que no se corresponde con la realidad económica puesto que esos lotes habían sido adquiridos por Leonardo Peiti con anterioridad mediante dos boletos de compraventa, ambos entre Leonardo P. como comprador y otro hombre como vendedor; el primero de fecha 21 de marzo del año 2012 en el que adquiere 12 lotes por la suma de U$D 132.000 dólares y 3 el segundo en fecha 20 de abril de 2012 en el que adquiere 8 lotes por la suma de U$D 88.000 dólares.

Por su parte José Fernández Chemes. en su rol de abogado, fue quien representó a Leonardo Peiti con patrocinio letrado y luego con poder especial, en el reclamo previo y en la demanda de escrituración de los terrenos ubicados en la localidad de Funes a sabiendas que el derecho invocado porsu cliente para formular esa petición era ilegítimo. Fernández Chémez sabía que el boleto de compraventa de fecha 20 de febrero de 2003 entre Felenpark SA como vendedor y la persona mencionada como compradora, contenía la firma apócrifa del vendedor representante de Felenpark SA y a sabiendas de esto patrocinó a Leonardo Peiti en su petición y acompañó para fundar su pedido la cesión de derechos que sabía era falsa, siendo que estas maniobras le redundaron en un beneficio económico ilícito para concretar la escrituración y enterado que estaba en trámite un expediente judicial de Medida de Aseguramiento de Prueba ante el mismo Juzgado de Distrito en lo Civil y Comercial de la 8va Nominación donde Felenpark SA cuestionaba la legitimidad de la firma del vendedor representante; en fecha 3 de julio de 2015, retiró el expediente judicial de escrituración del juzgado donde tramitaba a los fines de evitar que la empresa Felenpark SA a través de su representante ejerciera eficazmente derechos de oposición a la escrituración.

De esta forma se consolidó en el patrimonio de Leonardo Peiti esa operación inmobiliaria mediante escritura judicial de fecha 30/7/2015. Durante el año 2016 le brindó asesoramiento legal a Peiti con el objeto de que éste cometiera delitos; se prestó su asesoramiento y lo representó para que Peiti se valiera del resultado del juicio de escrituración utilizando el crédito fiscal que esa operación le proporcionó para generar fondos con apariencia de licitud por un valor de U$D 536.000. Asimismo le prestó asesoramiento legal para que utilice ese crédito financiero (U$D536.000) para justificar con parte de ello la escritura de lotes en la ciudad de Casilda, los que efectivamente se habían adquirido por boleto de compraventa cuatro años antes (12 lotes en fecha 21/03/2012 y 8 lotes en fecha 20/04/2012), pero sin contar con recursos obtenidos de manera lícita que le permitieran justificar fiscalmente esa compra.

En ese sentido, Larrauri tomó parte de la maniobra delictiva poniendo a disposición de Leonardo Peiti y su empresa criminal, su nombre, capacidad patrimonial y solvencia moral a los fines de posibilitar contar con fondos aparentemente lícitos que le permitieran adquirir los lotes de terreno de la ciudad de Casilda y dinero en efectivo con apariencia de haber sido generado legalmente.

A esos fines, aceptó prestar su nombre como persona interpuesta para simular una adquisición que se documentó por medio de la escritura pública traslativa de fecha 10 de marzo de 2016, de los lotes de terreno de la ciudad de Funes, haciendo insertar manifestaciones falsas en los documentos que registraron dicha operación. En los mismos manifestó que existió un intercambio de dinero a cambio de la adquisición de dichos lotes y suscribió como comprador la escritura traslativa de dominio antes mencionada, todo lo cual no se corresponde con la realidad de lo ocurrido. Asimismo suscribió un contra-documento bajo la figura del contrato de compraventa en el cual aparece vendiendo a Leonardo Peiti en fecha 14 de marzo de 2016; los mismos lotes que había adquirido cuatro días antes mediante escritura mencionada en el párrafo anterior; y a su vez celebró sucesivos contratos de locación sobre los mismos lotes y como locador, para posibilitar que el empresario como locatario, hiciere uso y goce de dicha propiedad desde esa fecha hasta la actualidad, favoreciendo de esta forma al beneficiario final de esa maniobra.

La Fiscalia solicitó medidas cautelares no privativas de la libertad que consisten en $800.000 dolares de caución real y prohibición de salir del pais y respecto del imputado José González Chemes, se solicitó la inmovilización de las cuotas societarias de las empresas en cuestión.

La Jueza de Primera Instancia Dra. Eleonora Verón tuvo por formalizada la audiencia imputativa y dio lugar al pedido de las medidas solicitadas por la Fiscalia.

Esta causa se desprende de la iniciada en 2020 donde los fiscales investigan a Peiti como organizador de una red de juego clandestino, donde están imputados, entre otros dos ex fiscales que en la actualidad se encuentran detenidos, Patricio Serjal y Gustavo Ponce Asahad.

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