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La Justicia desestimó la denuncia del jugador Jonatan Gómez por extorsión y el conflicto por los pagarés entra en una nueva etapa

Anabela TramontiniActualidadJudiciales18 agosto 2026 a las 14:33

El fiscal Aquiles Balbis consideró que no existen elementos suficientes para sostener la acusación de extorsión contra los acreedores del futbolista. La resolución se produce después de meses de disputa entre la investigación penal y el juicio ejecutivo iniciado para cobrar cuatro pagarés por US$505.000. La defensa de los acreedores analiza ahora una denuncia por denuncia falsa.

La disputa judicial que involucra al futbolista Jonatan Gómez, exjugador de Rosario Central y actualmente vinculado a Sarmiento de Junín, sumó un nuevo capítulo en San Lorenzo. El fiscal del Ministerio Público de la Acusación, Aquiles Balbis, resolvió desestimar la denuncia por extorsión presentada por el jugador contra las personas a las que señaló como responsables de haberlo presionado para reconocer una millonaria deuda.

La decisión modifica sustancialmente el escenario del expediente, que desde fines de 2025 se encontraba atravesado por dos vías judiciales paralelas: por un lado, el reclamo civil para ejecutar los pagarés firmados por Gómez y, por otro, la denuncia penal mediante la cual el futbolista sostuvo que esos documentos habían sido suscriptos bajo amenazas.

Ahora, los representantes de los acreedores evalúan avanzar con una presentación por falsa denuncia contra el futbolista.

El origen del conflicto se remonta a una deuda vinculada, según las distintas presentaciones judiciales y periodísticas, con apuestas realizadas en una plataforma de casino online denominada Lexus, señalada como ilegal o no autorizada.

La versión de Gómez sostiene que el pasivo original rondaba los 50.000 dólares y que, posteriormente, mediante amenazas dirigidas contra él y su entorno familiar, fue obligado a reconocer una suma muy superior.

Los documentos cuestionados totalizaban US$505.000 y fueron confeccionados con distintos vencimientos: uno por US$25.000 y otros tres por US$180.000, US$180.000 y US$120.000. Los pagarés fueron firmados ante escribano en Junín, ciudad en la que el futbolista residía por su actividad profesional.

La defensa de Gómez sostuvo que los documentos habían sido obtenidos mediante intimidaciones y que el monto reclamado representaba aproximadamente diez veces la deuda que el jugador reconocía como propia.

Esa versión fue cuestionada por los representantes de los acreedores, quienes sostuvieron que Gómez conocía la obligación y que había concurrido voluntariamente a firmar los documentos.

Antes de que Gómez presentara su denuncia penal, los tenedores de los pagarés ya habían iniciado un juicio ejecutivo para reclamar el pago.

La causa se radicó en los Tribunales de San Lorenzo y derivó en medidas cautelares sobre parte del patrimonio del futbolista. Entre los bienes alcanzados por esas medidas fueron mencionados una propiedad ubicada en Funes, un departamento en Rosario, un vehículo Mercedes Benz y cuentas bancarias.

Ese dato terminó siendo central en la discusión judicial: la ejecución de los pagarés había comenzado meses antes de la denuncia penal por extorsión.

En publicaciones anteriores sobre el caso se informó que los acreedores habían acudido al fuero Civil y Comercial durante 2025, mientras que Gómez realizó su presentación penal en febrero de 2026.

El expediente tuvo además una particularidad: durante su tramitación se discutió qué jurisdicción debía intervenir.

Balbis había considerado inicialmente que, debido a que varios de los hechos denunciados por Gómez habrían ocurrido en Junín, correspondía que la investigación se desarrollara en territorio bonaerense. Sin embargo, la jueza Griselda Strologo y posteriormente el camarista Ismael Manfrín entendieron que la Justicia de San Lorenzo era competente para intervenir.

Uno de los argumentos que pesó en la discusión fue la existencia del proceso ejecutivo radicado en los tribunales sanlorencinos y la vinculación territorial del conflicto con Capitán Bermúdez, donde Gómez tenía registrado su domicilio.

De esta manera, la investigación penal continuó en Santa Fe.

El núcleo de la controversia estuvo desde el comienzo en una pregunta: ¿los pagarés fueron firmados voluntariamente para documentar una deuda o fueron obtenidos mediante amenazas?

Gómez denunció que fue intimidado para suscribir documentos por una suma que no se correspondía con la deuda original. Su defensa también afirmó que las presiones se extendieron a integrantes de su familia y que hubo episodios de hostigamiento en lugares vinculados con su vida cotidiana.

Del otro lado, los acreedores rechazaron esa interpretación y sostuvieron que existía una obligación económica que Gómez reconocía y que la firma de los documentos había sido voluntaria.

La aparición de mensajes y audios incorporados al expediente pasó a ocupar un lugar relevante en la discusión.

Según la valoración realizada por la Fiscalía en la resolución que ahora desestimó la denuncia, esas comunicaciones no permitieron acreditar el escenario de coacción necesario para sostener una acusación penal por extorsión. En particular, la evidencia fue interpretada como compatible con una relación previa entre las partes y con una participación voluntaria del futbolista en la formalización de la deuda.

La decisión de Balbis no equivale a una sentencia judicial que determine definitivamente la existencia o inexistencia de la deuda. Tampoco resuelve por sí misma el juicio ejecutivo iniciado para cobrar los pagarés.

El artículo 273 del Código Procesal Penal de Santa Fe establece que el fiscal debe desestimar una denuncia cuando el hecho no sea punible o cuando no existan elementos serios o verosímiles que permitan iniciar fundadamente una investigación.

Por lo tanto, el efecto inmediato de la resolución se concentra en la acusación penal por extorsión que había impulsado Gómez.

El expediente civil, en cambio, mantiene su propia lógica y deberá definir las cuestiones vinculadas con los pagarés y el reclamo económico.

Los acreedores preparan una nueva ofensiva

Con la denuncia por extorsión desestimada, la estrategia de los acreedores podría cambiar de escenario.

Sus representantes analizan denunciar al futbolista por falsa denuncia, una figura prevista en el artículo 245 del Código Penal para quien denunciare falsamente un delito ante la autoridad. La norma establece actualmente una pena de prisión de dos meses a un año o multa.

Sin embargo, la eventual presentación deberá demostrar algo más que el simple hecho de que la denuncia original haya sido desestimada. La discusión pasaría por determinar si existió una denuncia deliberadamente falsa y cuáles fueron las circunstancias y conocimientos que rodearon su presentación.

De concretarse, se abriría así un nuevo frente penal entre las mismas partes.

Un caso que expuso el circuito de las apuestas clandestinas

Más allá del enfrentamiento económico entre Gómez y sus acreedores, el expediente también puso bajo la lupa un circuito de apuestas online clandestinas.

La investigación periodística realizada durante los primeros meses del caso describió el funcionamiento de la plataforma Lexus y la modalidad mediante la cual jugadores accedían a créditos para apostar en juegos de casino online. El caso incluso derivó en una investigación más amplia sobre presuntas estructuras vinculadas al juego ilegal.

La denuncia de Gómez había señalado además a personas que, según su relato, cumplían funciones dentro de ese esquema. Esas acusaciones fueron negadas por las personas señaladas y forman parte de un escenario judicial distinto al que acaba de cerrarse con la desestimación de la denuncia por extorsión.

Así, el conflicto que comenzó como un reclamo por una deuda de juego terminó convertido en una disputa judicial de múltiples frentes: un juicio ejecutivo por más de medio millón de dólares, embargos sobre bienes del futbolista, una denuncia penal por extorsión, una controversia sobre la competencia territorial y, ahora, la posibilidad de una nueva denuncia por falsa denuncia.

El próximo capítulo se jugará, entonces, en dos terrenos: el reclamo económico por los pagarés y la eventual respuesta penal de los acreedores contra Gómez.

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