
El juez Eugenio Romanini rechazó este lunes los pedidos de la defensa y mantuvo la prisión preventiva efectiva, por el plazo de ley, para Ezequiel R., por el homicidio de José Omar Rendón Ramírez, el chofer de Uber colombiano radicado en Capitán Bermúdez cuyo cuerpo apareció en un sector rural de Roldán. Por el crimen, también se encuentra imputada y en prisión Agustina E.
La audiencia de revisión fue solicitada por la defensa. El fiscal Balbis, se opuso con el argumento de que no se aportó ningún elemento nuevo que justificara modificar la medida cautelar ya dictada. El magistrado coincidió y dejó la situación procesal sin cambios.
Antes de que hablaran las partes, Rodríguez pidió declarar. Dijo que es inocente y que no tiene “nada que ver” con lo que se le atribuye. Atribuyó su situación a las declaraciones de dos mujeres: una cuñada, con quien dijo que nunca tuvo buen vínculo y a quien no esperaba ver como denunciante, y Agustina ( detenida e imputada) a quien afirmó no conocer porque se mudó al departamento a fines de enero. Aseguró que todo lo que declararon es mentira.
El planteo de la defensa
El abogado Facundo Borquez pidió revocar la preventiva y reemplazarla por medidas alternativas. Reconoció que no hay nueva evidencia y que el pedido se apoya en el paso del tiempo: sostuvo que las pruebas de la Fiscalía no se robustecieron, sin nuevos testimonios ni pericias.
Según la defensa, hoy solo hay el testimonio de una cuñada y una cámara que ve a Rodríguez manejando el auto. Con eso, planteó, a lo sumo se podría hablar de encubrimiento o de una participación secundaria, y no de la coautoría que se le imputó. Recordó además que la calificación legal es provisoria y que todavía no hay requerimiento acusatorio. Admitió que la pena prevista es alta y no permite condena condicional, pero dijo que no es el único factor a considerar.
Para descartar el riesgo procesal, señaló que Rodríguez no tiene antecedentes, es padre de dos hijos, convivía con su pareja y era el sostén económico de la familia. Agregó que no hay denuncias de amedrentamiento a testigos ni a familiares de la víctima. Como alternativas propuso firma semanal en la Oficina de Gestión Judicial de San Lorenzo, prohibición de contacto con familiares y testigos y de acercarse al lugar del hecho, prohibición de salir de la provincia, fijar domicilio y no portar armas.
La postura de la Fiscalía
El fiscal Aquiles Balbis pidió rechazar el planteo, al que calificó de infundado. Sostuvo que el artículo 225 habilita la revisión por el paso del tiempo o por nueva evidencia, y que en un hecho de esta gravedad solo una prueba que desvincule al imputado podría mejorar su situación, no seis meses de preventiva.
Calificó de “muy poco seria” la declaración de Rodríguez e incluso de burlona, y dijo que no explica lo ocurrido esa noche. Afirmó que hay múltiples testigos y que los fotogramas y videos lo muestran retirándose en el vehículo y captado en el lugar donde, minutos después, apareció el cuerpo. Sumó los elementos de la víctima secuestrados en su vivienda y las transferencias hechas desde la cuenta y el teléfono de Rendón. Remarcó que la cautelar nunca fue apelada y que, según el fiscal, lo producido desde entonces la confirma y la robustece.
La resolución
El juez Romanini explicó que el paso del tiempo obliga a revisar si la medida sigue justificada, pero que eso no implica su cese automático. “La prisión preventiva no puede mantenerse por inercia”, sostuvo, y precisó que lo central es verificar si el cuadro probatorio perdió consistencia, algo que no ocurrió. Agregó que la falta de nuevos elementos de cargo no equivale a que los existentes se hayan debilitado.
El juez sostuvo que la imputación no depende solo de las declaraciones cuestionadas por Rodríguez. Enumeró registros fílmicos, información telefónica, transferencias desde la cuenta de la víctima, rastros de luminol, el martillo secuestrado, elementos del auto de Rendón hallados en el inmueble y constancias en el teléfono del imputado vinculadas a la planificación del hecho. Dijo que, aun sin esas declaraciones, esa prueba seguiría en pie. Sobre la mala relación con la cuñada, indicó que podrá evaluarse en otra etapa, pero que no explica la evidencia objetiva.
Respecto de la calificación legal, la mantuvo como provisoria hasta la audiencia preliminar. En cuanto a los riesgos procesales, pesó la gravedad del hecho, su modalidad y las conductas posteriores: el traslado, el abandono del vehículo, las transferencias y el uso de los dispositivos. Concluyó que no fueron neutralizados ni se aportó nada nuevo para modificarlos, por lo que Rodríguez seguirá detenido.
El caso
Rendón, de 63 años según los primeros reportes, vivía hace 14 años en Argentina junto a su familia. Además de manejar para Uber, vendía sábanas y acolchados y hacía trabajos de plomería. Era cantante aficionado; concurría a una peña y a una iglesia evangélica.
El jueves 26 de marzo salió a trabajar con su Fiat Siena y no volvió a almorzar. Su familia sospechó cuando empezó a responder mensajes con textos breves, siendo que lo habitual eran los audios de WhatsApp. Después, desde uno de sus teléfonos comenzaron a exigir pagos a clientes del rubro textil, algo ajeno a sus costumbres, y ese dispositivo pudo ser rastreado por geolocalización.
Crimen de Omar Rendón: una detenida confesó y la policía halló el cuerpo en un camino rural
Los investigadores detuvieron en San Lorenzo a Ezequiel R., en una vivienda de Echeverría 105, donde coincidía la ubicación de uno de los celulares robados. Allí, las pruebas con luminol dieron positivo para sangre en un colchón, una pared y el piso de una habitación. Secuestraron ropa con manchas, varios teléfonos (ninguno de la víctima), un martillo y un matafuegos que pertenecía al auto de Rendón. En un Chevrolet Astra del detenido, estacionado en el frente, hallaron dos gotas de sangre que podrían corresponder al chofer.
El domingo por la mañana, Agustina E. se presentó en una dependencia policial y, mientras la trasladaban a la Comisaría 7ª, indicó dónde estaba el cuerpo: al costado de un camino de tierra entre Ricardone y Roldán, cerca del Parque Industrial. Fue encontrado esa tarde.
La hipótesis de la Fiscalía
La fiscalía sostiene que se trató de un homicidio criminis causa, es decir, cometido para concretar o encubrir un robo. Según la reconstrucción de los investigadores, Agustina E. mantenía con la víctima un trato frecuente por WhatsApp y ya se habían cruzado en un viaje previo. Rendón habría acudido a una cita en la vivienda de Echeverría 105, un conventillo de habitaciones independientes con patios y pasillos comunes, donde fue atacado por la espalda con un martillazo en la nuca. Los peritajes indicarían que la muerte fue instantánea.
Para la acusación, los detenidos, sin trabajo formal registrado, lo eligieron porque creían que manejaba sumas importantes de dinero. Luego trasladaron el cuerpo hasta un camino rural paralelo a la Ruta AO12, y cámaras de seguridad de la zona los habrían registrado yendo hacia allí, imágenes que la Fiscalía considera clave.