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Condenan a 10 años de prisión a abusador que violó a su sobrino de 12 años

El Juez sanlorencino Juan José Tutau condenó esta mañana a Lucas D. S. a la pena de 10 años por un hecho ocurrido en 2018 en Puerto General San Martín cuando abusó de su sobrino que tenía 12 años. Los fundamentos de la sentencia estarán en cinco días, pero la condena quedará firme en una segunda instancia.

El fiscal Leandro Lucente, había señalado en los alegatos de cierre: «Como la gran mayoría de los abusos sexuales de menores, este abuso se dio en un contexto intrafamiliar. La víctima a sus 12 años fue abusado por su tío, el hermano de su papá y también como suele ocurrir en estos casos, al principio tomó silencio, hasta que la esposa de su papá le dio el espacio y la confianza suficiente para hablar, y a partir de ahí una bomba explotó en el seno de la familia. Su papá nunca dudó de lo que decía su hijo y fue a hacer la denuncia».

«De los dichos del propio menor basta escucharlo y verlo para darse cuenta que dice la verdad, y que esa verdad le genera angustia, asco y vergüenza. Resulta evidente de que hay una parte del hecho sobre la que él no puede o no quiere hablar, y es la parte que tanto le preocupa a su padre. Un padre que tuvo que aceptar que su propio hermano, abusó de su hijo, y a los abuelos que tienen que aceptar que su propio hijo abusó de su nieto», expresó el fiscal.

Una reconocida médica forense, ahora jubilada, expresó en un informe que el nene presentaba cuatro indicadores de maniobras abusivas de antigua data, asociadas a intento de acceso carnal y que constató lesiones que podrían referir a más de un hecho aislado. El delito está enmarcado dentro del artículo n° 119 del código penal que señala que «el que abusare sexualmente de una persona cuando ésta fuera menor de trece años o cuando mediare violencia, amenaza, abuso coactivo o intimidatorio de una relación de dependencia, de autoridad, o de poder, o aprovechándose de que la víctima por cualquier causa no haya podido consentir libremente la acción.

Una psicóloga que entrevistó a la víctima informó que el menor no presenta ninguna alteración a nivel psicológico ni cognitivo, pero pudo apreciar que fue muy difícil durante la entrevista poder tener del relato de la víctima el relato preciso que sintió que era tocado por su tío con su miembro: «Cuando nombra a su tío, se angustia, rompe en llanto, se tapa la cara, y la negación como un mecanismo de defensa, ante una situación que le resulta difícil o imposible de soportar» agregó Lucente.

Para Lucente el propio relato del chico sumado a las evidencias físicas y de los informes resultan más que suficientes para acreditar el hecho.» No hubo una confusión, incluso la propia pareja del imputado declaró que Lucas, era de salir y volver tarde y borracho, y que eso significaba un problema, para ella y para el resto, quizás por ello ella dormía en una habitación en el piso y esa noche Lucas no se acostó con ella, sino con su sobrino de 12 años, y expresó que el menor se levantó con los calzoncillos bajos», expuso el fiscal.

El juez Tutau aceptó la pena solicitada por la defensa y condenó a Simón a 10 años de prisión efectiva.

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